Re: [escepticos] El Salvador: Asamblea Legislativa aprueba castigar con cárcel ofensas a dogmas religiosos

suzudo jbatalla en tinet.fut.es
Sab Mayo 5 14:08:49 WEST 2007


Saludos a todos:

Enrique Reyes escribió:
> Hola,
> 
> En el código penal español también se pena todo eso:
> 
> <cita>
> 


[...]


Lo que parece verse es que mediante ciertos juegos de palabras 
(sentimiento religioso, escarnio a) se están otorgando derechos a 
ideologías u opiniones ante la crítica, la mofa, la puesta en duda, como 
si fueran derechos de personas. De forma que las personas que sean de 
esas ideologías tengan privilegios por encima de las demás sin haber en 
la práctica igualdad de derechos. Si es cierto que intenta igualar los 
derechos con cosas como " 2. En las mismas penas incurrirán los que 
hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no 
profesan religión o creencia alguna."

Pero queda claro que el no participar de un tipo de ideología 
privilegiada no deja en el mismo nivel la ideología que se tenga (que 
sera de otro tipo que la religiosa o creencias) a la del tipo 
privilegiado (religiosa). Que en ese punto se refiere a personas no a 
ideologías y es a ideologías religiosas a lo que da privilegios los 
otros artículos sin menospreciar los derechos como personas de quienes 
las profesan y por tanto están esa gente por encima del resto.

Puesto que toda ideología religiosa contiene elementos discriminatorios 
hacia la gente (no solo las otras ideologías religiosas o no) que 
profesan otra religión habiendo en los textos sagrados desde 
justificación a la muerte de quienes no comparten una (el antiguo 
testamento justifica así las guerras, hay algún texto budista que si 
justifica el matar a alguien por carecer de fe atribuido a bodhidharma 
el del "linaje de la fe" si no recuerdo mal -aunque es una de las 
religiones que más llama a la compasión evitando a la vez las llamadas 
al enfrentamiento-, en el Corán uno de los venerados patriarcas mata a 
un joven sin más porque sabe que en el futuro si vive será un incrédulo 
-en ese momento aún no lo es-). El Nuevo testamento incluye a los 
idólatras, afeminados y hombre que se acuesta con hombres con el 
conjunto de gente que podríamos llamar criminales y/o personas 
indeseables. Clasifica a las demás de erradas al menos en cuanto más 
alejadas estén en su contenido de la propia y ese error de tener 
relación con cierta perversidad. La impiedad o la incredulidad en el 
contenido de una religión puede ser perfectamente asociado a la maldad, 
y la práctica de una religión (en esa) en algo que hace buenas a las 
personas. Además que los textos religiosos tienen pasajes que justifican 
o hacen apología de la eliminación o restricción de cosas que se 
consideran derechos fundamentales o la igualdad de derechos.


El el Antiguo Testamento hay pasajes como el condenar a alguien a muerte 
por blasfemar contra yahvéh. Es cierto que la ley intenta parecer 
conciliadora hacia (la persona que...) en lugar de considerar la 
ideología que lleva a blasfemar contra yahvéh como una religión igual de 
respetable que la que condena a esa blasfemia. Vamos que la 
discriminación es evidente.

La ley parece que lo soluciona con un registro de asociaciones 
religiosas y así hay un control a las personas a quienes da o quita 
privilegios por encima de los demás según su abscripción religiosa. Y 
soluciona los conflictos inherentes a la falta de respeto a los derechos 
de los que rebosan los textos que a la vez pueden predicar todo el amor 
del mundo (aunque no renuncien a esos pasajes y actitudes carentes de 
respeto), considerando la falta en contra de una ideología (no contra 
las personas, o en contra de su derecho a creer o no creer, manifestar 
lo que creen mientras eso respete los derechos de los demás, etc) si 
ocurre en el recinto perteneciente a la profesión de esa ideología (y de 
un tipo de ideología -la religiosa-). Queda, a su vez, marginado de ese 
trato de favor otras ideologías de carácter diferente pero que las 
personas sean llamadas no creyentes.

De todas formas para hacer proselitismo se intenta intimidar con el 
castigo divino, el infierno o el caos en la tierra, o lo que sea además 
de intentar vender el paraíso en el cielo y/o en la Tierra o donde 
sea... O la felicidad o el estado de...

Los textos religiosos contienen afirmaciones discriminadoras y 
enseñanzas en contra de los derechos de las personas: Se les podría 
exigir el que sean eliminados esos textos de los libros sagrados y demás 
para poder permanecer en los registros y continuar recibiendo tratos de 
favor. Así, por ejemplo, que sean eliminados los textos homofóbicos de 
la Biblia y sea condenada la homofobia y bendecida la idolatría como 
otra forma válida de religiosidad igualando el respeto y consideración 
por igual para todos con la amenaza de eliminar privilegios por faltar 
al respeto a los derechos de los demás y ser impuestas sanciones 
económicas hasta su retirada y corrección.


De todas maneras la democracia no consiste en la imposición de derechos 
para la mayoría eliminando derechos de la minoría sino en la igualdad de 
derechos en el que de decidir por mayorías solventar problemas mientras 
no se vulneran derechos de alguien es un derecho de todos.

Y mientras no haya igualdad real de derechos para las personas 
eliminando privilegios a opiniones (que no puedan ser criticadas en 
igualdad de condiciones que otras) que restringen derechos a minorías de 
personas. No habrá una democracia real en sitio alguno. Y soy del 
parecer que aún no existe la democracia solo hay lugares que están más 
cerca de que haya una ahí otros más lejos, con el peligro latente de 
poder ir hacia la pérdida de lo conseguido hacia la misma siempre. Por 
desgracia.

Sobre eso de los lugares de culto en donde se decide a quien se respeta. 
Cuando asistí a una misa por motivos sociales y familiares, el cura no 
dudó en usarla para hacer proselitismo católico pero recuerdo que dijo 
claramente -negó explícitamente la bondad de los incrédulos- que "las 
personas que creían [en lo que cree él, se entiende] eran unas buenas 
personas, las personas que no creían no eran buenas personas"

Vamos que tenía la libertad de ofender por lo visto a personas (no a 
ideas) y los participantes no lo tenían a criticar ideas, Y lo hizo 
tranquilamente. Es una anécdota más pero...

También en un debate en la televisión de Cataluña, en el programa ágora 
una musulmana defendía que los musulmanes extranjeros podrían crear 
conflictos al sentirse discriminados por no recibir dineros públicos 
para la religión (Pilar Rahola y demás le contestaron bastante bien a 
sus pretensiones) pero es un discurso concreto.

> Artículo 522. Incurrirán en la pena de multa de cuatro a diez meses:
> 
> 1º) Los que por medio de violencia, intimidación, fuerza o cualquier 
> otro apremio ilegítimo impidan a un miembro o miembros de una confesión 
> religiosa practicar los actos propios de las creencias que profesen, o 
> asistir a los mismos.
> 
> 2º) Los que por iguales medios fuercen a otro u otros a practicar o 
> concurrir a actos de culto o ritos, o a realizar actos reveladores de 
> profesar o no profesar una religión, o a mudar la que profesen.
> 
> Artículo 523. El que con violencia, amenaza, tumulto o vías de hecho, 
> impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones, ceremonias o 
> manifestaciones de las confesiones religiosas inscritas en el 
> correspondiente registro público del Ministerio de Justicia e Interior 
> será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años, si el 
> hecho se ha cometido en lugar destinado al culto, y con la de multa de 
> cuatro a diez meses si se realiza en cualquier otro lugar.
> 
> Artículo 524. El que en templo, lugar destinado al culto o en ceremonias 
> religiosas ejecutare actos de profanación en ofensa de los sentimientos 
> religiosos legalmente tutelados será castigado con la pena de prisión de 
> seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses.
> 
> Artículo 525. 1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los 
> que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión 
> religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante 
> cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o 
> ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o 
> practican.
> 
> 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, 
> de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia 
> alguna.
> 
> Artículo 526. El que, faltando al respeto debido a la memoria de los 
> muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus 
> cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas 
> funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de 
> prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
> 
> </cita>
> 
> El punto 2 del articulo 525 no tiene desperdicio. A mi este artículo me 
> parece una verguenza.
> 
> Pero bueno, recientemente las naciones unidas también se han dejado 
> convencer y no se cual de sus órganos ha aprobado resoluciones en este 
> sentido. No se puede ofender a nadie qu tenga fe. No encuentro la 
> referencia. Veré si lo encuentro.
> 
> Me imagino que a Richard Dawkins, Sam Harris and company se los van a 
> follar vivos. A la carcel con ellos.
> 
> Saludos,
> 
> Enrique Reyes
> 
> 
> 
> Dasmandr wrote:
>> http://www.laprensagrafica.com/lodeldia/20070426/10229.asp
>>
>> El decreto sanciona con prisión "al que de cualquier manera impidiere
>> o interrumpiere el ejercicio de una religión u ofendiere públicamente
>> los sentimientos o creencias de la misma".
>>

Teniendo en cuenta que cualquier religión ofende los sentimientos de las 
demás en la medida que difieren... O ¿es que las religiones no tienen 
sentimientos y las creencias no son ofendibles sino que eso son 
cualidades de la personas y se está concediendo privilegios las personas 
de unas ideologías o grupos sociales por encima de los derechos de otras 
personas?

Pues me temo que es eso. Y solo eso. Lo que implica que la democracia 
aún no existe le falta bastante y está en construcción y con peligro de 
ser perdida si se juega mal.

>> Señala que ello puede concretarse "escarneciendo de hecho alguno de
>> los dogmas de cualquier religión que tenga prosélitos en la República,
>> haciendo apología contraria a las tradiciones y costumbres religiosas
>> o que destruyere o causare daños en objetos destinados a un culto".
>>


Y con tradiciones y costumbres determina que se conceden privilegios a 
las religiones con poder establecido y otras no pueden tener esos 
privilegios aunque las tradicionales no puedan ser respetuosas con ellas 
por chocar en aspectos ideológicos.


Shilima khemen

	

	
		
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