Re: [escepticos] Derecho de autodeterminación física (era : Abolir la libertad religiosa)

Mr Reivaj mrreivaj en gmail.com
Dom Ene 23 10:31:19 WET 2011


(MR)

El día 23 de enero de 2011 10:01, Suzudo <jbatalla en tinet.fut.es> escribió:
> El 22/01/2011 23:09, Pepe Arlandis escribió:

>>>
>>> Pero es que no se trata de hacer un juicio sobre los motivos que tiene
>>> para
>>
>> decidir si recibe la transfusión o no la recibe, en última instancia es un
>> juicio de intenciones, se trataba sobre todo si el niño tiene derecho a
>> decidir si recibe la transfusión o no la recibe, si la legislación
>> reconoce
>> su derecho a decidir punto pelota.
>> saludos pepet
>
> Ya
> pero lo que digo es que en caso que la legislación lo reconociera su derecho
> a decidir, carece de ese derecho porque a su vez la sociedad de los testis y
> su entorno se lo ha privado. En cualquier caso NO LO TIENE. Si se lo
> reconociera en ese caso, no sería a él sino a la watch Tower a decidir sobre
> el crio no al crio ni a los padres que tampoco.
>
> Eso es lo que quería decir, que si hay mentiras, engaño, control brutal de
> la información y disciplina de opinión sino se hace algo respecto esto, no
> hay ese derecho de facto diga lo que diga la legislación

(MR) [abro boutade irónica] ¿Intervención preventiva?, ¿Doctrina
Bush?. Se bombardea la watch tower .... y listo. [cierro boutade
irónica] .   Es prudente acercarse sin anteojeras a la exposición de
esta catedrática (Yolanda G.)  y los planteamientos sobre la aparición
de los derechos desde Norberto Bobbio (*) por ejemplo. ("Los derechos
no aparecen cuando quieren si no cuando pueden. son fruto de la
evolución política y económica...") . Es lo que pretendía cuando
cambie el asunto en el hilo de discusión, porque lo que está fuera de
toda discusión es la nefasta, alienante, dictatotorial y todos los
epítetos que se nos puedan ocurrir  sobre actividad de las sectas. Los
llamados derechos de cuarta generación merece la pena ir
planteańdoselos, sin ellos va a ser muy difícil , - yo diría
imposible,- poner sobre la mesa temas como la eutanasia activa y/o
pasiva, el suicidio asistido, la ortotanasia, etc, etc,.. temas que
desde la bioética se están tratando, pero que en la legislación no
parecen tener cabida , de momento. De aquí que una sentencia como la
que nos propuso Julián Palacio, sea tan interesante, - al menos eso
creo yo, - porque "más allá de las razones religiosas" aparece la
mención específica de un "derecho de
autodeterminación que tiene por objeto el propio sustrato
corporal—como distinto del derecho a la salud o a la vida— y que se
traduce en el marco constitucional como un derecho fundamental a la
integridad física(art. 15 CE). ". Y este es un punto de inflexión
llamativo. A juicio del Constitucional español, el sustrato corporal
es objeto de derecho de autodeterminación, como derecho fundamental
amparado en la Constitución,..
No sé si me entusiasmo demasiado o veo más allá, pero .. aquí queda y
sobre todo no creo que sea necesario extenderse sobre las atrocidades
religiosas de fundamentalistas "again" ;-))

(*) Norberto Bobbio : Estado de derecho y democracia (Richard Bellamy)
http://urlcorta.es/4kfv
Salud


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