[escepticos] Apostasia

Alberto Rodríguez arc.escepticos en gmail.com
Mar Dic 15 18:39:05 WET 2009


Hola,

Jose Luis escribió:
> Alberto Rodríguez escribió:
>> Por eso no entiendo ese afán por la apostasía (yo, como mucho, pondría
>> ese afán en que me excomulgaran XDD). Otra cosa sería si fuera parte de
> 
> Concedido. Por tus palabras eres al menos un hereje, y creo que incluso
> un apóstata, lo que está castigado con excomunión automática (*), osea
> sin que nadie la promulgue y en el momento de producirse. 

Ya, vale, pero eso de las excomuniones automáticas no es divertido. Si 
yo tengo que poner afán en que me excomulguen, al menos que trabajen 
ellos un poquito también. XDD

> La apostasía
> existe por el hecho de abjurar de la fe católica, el procedimiento
> administrativo es para que la Iglesia tome nota de él, no para que
> exista el hecho en sí.
 >
> (*) Código de Derecho Canónico Canon 1364
> 1. "El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en
> excomunión latae sententiae, quedando firme lo prescrito en el canon
> 194.1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas enumeradas
> en el canon 1336.1, 1, 2 y 3."

Es que es ahí dónde yo encuentro los problemas:

1.- Yo no tengo que abjurar de ninguna fe, nunca he establecido 
personalmente ningún tipo de relación vinculante con la ICAR. Lo actos 
religiosos en los que he participado son meramente rituales y, dada mi 
edad, son esencialmente inválidos como actos vinculantes ante cualquier 
legislación democrática.

2.- Aunque yo me sintiera católico anteriormente, pero ya no. ¿Que gano 
yo con que la ICAR anote mi apostasía? ¿Dónde se registra un ex-ateo que 
se hace musulmán?

3.- Soy ateo, leñe. Reconozco la autoridad de los estatutos de mi 
comunidad de propietarios, pero ¿Cómo voy a reconocer el Código de 
Derecho Canónico como fuente de autoridad sobre mis actos?

Un saludo,
Alberto Rodríguez




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