[escepticos] Apostasia

Jose Luis joseluis.vm en inbox.com
Mar Dic 15 18:21:08 WET 2009


Perdón, me faltaba uno, sin este mi mensaje no tiene sentido:

Canon 751.
"Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo,
de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda
pertinaz sobre la misma; apostasía es el rechazo total de la fe
cristiana; cisma, el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la
comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos."


Jose Luis escribió:
> Alberto Rodríguez escribió:
>> Por eso no entiendo ese afán por la apostasía (yo, como mucho, pondría
>> ese afán en que me excomulgaran XDD). Otra cosa sería si fuera parte de
> 
> Concedido. Por tus palabras eres al menos un hereje, y creo que incluso
> un apóstata, lo que está castigado con excomunión automática (*), osea
> sin que nadie la promulgue y en el momento de producirse. La apostasía
> existe por el hecho de abjurar de la fe católica, el procedimiento
> administrativo es para que la Iglesia tome nota de él, no para que
> exista el hecho en sí.
> 
> 
> (*) Código de Derecho Canónico Canon 1364
> 1. "El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en
> excomunión latae sententiae, quedando firme lo prescrito en el canon
> 194.1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas enumeradas
> en el canon 1336.1, 1, 2 y 3."
> 
> 
> 


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"Quien habla mal de mí a mis espaldas, mi trasero lo contempla"


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