[escepticos] Glorietas (era: ajedrez y mujeres al volante)

jm mulet jmmulet en ibmcp.upv.es
Vie Feb 1 09:54:44 WET 2008


Cuando me saqué el carnet había una cosa llamada "giro a la indonesia" o 
"interseccion a la indonesia" o algo asi. Le pregunte al instructor de donde 
había salido ese nombre tan exotico... y me dijo qye el se preguntaba lo 
mismo. De un día para otro apereció en la normativa. Aunque no se si en 
indonesia las intersecciones son asi... Mercader: sabes algo?

saludos

JM

----- Original Message ----- 
From: "Francisco Mercader" <fmercaderr en telefonica.net>
To: "Lista Escépticos" <escepticos en dis.ulpgc.es>
Sent: Friday, February 01, 2008 10:46 AM
Subject: [escepticos] Glorietas (era: ajedrez y mujeres al volante)


> [germanPG]
> Y aqui viene mi sorpresa !!. No hay una normativa especifica para
> rotondas,  se considera como una via normal de doble direccion; ! con
> lo cual solo se  puede ir por el carril de la izquierda para adelantar
> !!.
>
> [Mercader]
> Yo he vivido ese drama desde dentro. Cuando en la escuela de
> examinadores  de Segovia (hoy trasladada a Móstoles)   dirigida por un
> equipo de ineptos capitaneados por el entonces Subdirector de Tráfico
> Carlos Muñoz-Repiso (luego director, porque allí se premia la
> ineptitud) se empezó a adiestrar al resto de examinadores de toda
> España  en una absurda manera de abordar las glorietas (bautizadas
> como rotondas en Cataluña). puse el grito en el cielo sin demasiados
> resultados.  Se pretendía que los conductores circulasen siempre por
> el carril exterior en las glorietas (y parece que se ha conseguido,
> puesto que los profesores de autoescuela , a quienes no convenía
> enfrentarse con los examinadores, lo enseñaron a su vez a los
> aspirantes). La causa de semejante absurdo jurídico es que en ninguna
> parte de la ley se define lo que es una glorieta. El numeroso equipo
> que, para copiar la reglamentación francesa, había viajado a costa de
> los contribuyentes españoles al país vecino en el año 1977 a  aprender
> cómo lo hacían allí, había olvidado, probablemente,   copiar esa
> página en sus apuntes. Y con esa falta, se redactó la nueva Ley de
> Tráfico que sustituía al extinto Código de la Circulación, por lo
> demás, un  ejemplo de buena, aunque rancia,  redacción jurídica.  La
> glorieta, según ese vacío legal, no es más que un trozo de la vía
> convencional (de una sola dirección, ¡ojo! Germán) , con lo cual  le
> es de aplicación la norma general de conducir por la derecha.  Lo que
> no obsta para que, en algún artículo se mencione luego el término
> 'glorieta' y se definan algunas normas, como explico más abajo.
> No es cierto, Catalá,  que no aparezca referencia en las leyes a la
> manera de entrar en las glorietas. El  artículo 57, en el apartado c)
> del Reglamento General de Circulación  1428/2003 de 21 de noviembre,
> dice: "En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular
> tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a ellas".
> El texto  del reglamento está sacado, tal cual, de lo que dice en el
> art. 21.2 de la Ley de Tráfico 339/1990 de 2 de marzo. Lo que es
> cierto es que luego olvida referirse a cómo se circula por ellas y, lo
> que es peor,  cómo se sale.
> Alguno de mis argumentos sobre lo absurdo del tratamiento legal era
> que el artículo 57, antes mencionado, está incluído en un capítulo
> denominado "Intersecciones sin señalizar", con lo cual  se cae en la
> inseguridad jurídica de que nunca se sabe si cualquier  cruce  de los
> que, de forma irregular, se encuentran en las diversas poblaciones,
> se considera o no, glorieta legalmente. El despropósito se
> multiplicaba cuando cada examinador aplicábamos según ello, un
> criterio distinto para  calificar el comportamiento de los aspirantes
> en dichos lugares.  La injusticia se viene perpetuando todavía,
> amparada en el desconocimiento secular del administrado acerca de sus
> derechos, el temor a enfrentarse con los examinadores y el silencio
> cómplice de los profesores de autoescuela a quienes sólo les interesa
> su negocio y que el aspirante vaya aflojando dinero (otro día
> podríamos hablar de los convenios maffiosos entre la Administración y
> las autoescuelas para que el aspirante esté obligado a recibir un
> número de clases entre suspenso y suspenso).
> Las normas sobre glorietas de diversos países europeos, unificadas por
> un convenio de Ginebra y de las que, felizmente jubilado,  no tengo
> delante referencia ahora mismo, son  similares:  La glorieta es un
> dispositivo  específico para distribuir el tráfico y goza de un
> régimen distinto de otras partes de la vía. Al  circular por una
> glorieta se ha de evitar  circular por el carril exterior para
> facilitar la entrada en ella y la salida de otros vehículos. El carril
> interior se utilizará para adelantamientos y para efectuar cambio de
> sentido. Sólo cuando el conductor se aproxime a la salida que haya
> escogido, tiene la obligación de desplazarse, con la suficiente
> antelación, al carril exterior.   Una vez en él, el conductor tiene la
> obligación de salir de la glorieta por la salida más próxima.    Por
> lo que véis, nada que ver con lo que se enseña y se practica en este
> país.
> Ahora ya tenéis una pista de por qué tanto conductor desinformado
> rodea las glorietas por fuera.
> Saludos.
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> Mis residuos mentales, en:
> http://www.telefonica.net/web/fmercaderr
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