[escepticos] Ética y heroína

Yamato yamato1 en gmail.com
Mar Sep 11 00:33:00 WEST 2007


jmbello escribió:
> Hello Akin,
>
> Monday, September 10, 2007, 11:09:15 PM, you wrote:
>
>   
>>> JM
>>>
>>> PS: Supongo que el abogado defensor de un asesino, si éste le ha
>>> confesado ser el autor del crimen en la intimidad del despacho,
>>> también está obligado a decirlo ante el tribunal. "Mi defensa ha sido
>>> buena y seguramente les he convencido, pero, ahora que he terminado,
>>> debo decirles que mi defendido es culpable porque así me lo ha
>>> declarado al amparo del secreto profesional". Pues estamos bien:
>>> el criterio moral del profesional pasando por encima de normas, leyes,
>>> procedimientos y reglas del juego.
>>>       
>
> A> Pues no creas que ese es un debate moral que tengo solventado. ¿Es
> A> ético / moral que un abogado se las apañe para dejar libre a un
> A> asesino que tenga riesgo de reincidencia si sabe que es culpable y
> A> como probarlo?
>
> Sí, pero ahí das una vuelta de tuerca a lo que yo decía. Hablas de que
> "sabe que es culpable y cómo probarlo", no de que el cliente se lo
> haya confesado directamente. Creo que son casos diferentes.
>
> Un abogado puede dar por sí mismo con las pruebas que demuestren la
> culpabilidad de su defendido. Supongo que la ética profesional, que se
> basa (creo) en un reparto de papeles que garantice los derechos del
> procesado así como un procedimiento correcto, indica que debe seguir
> defendiendo al paisano. Pero está además la ética personal, que puede
> hacer rechazable defender a alguien que no se confiesa culpable pero
> que sabes positivamente que lo es. Supongo que una salida puede ser
> abandonar el caso, vulgo dimitir, pero tampoco sé si es posible
> hacerlo (¡YAMAAATOOOOO!). Lo que no creo que sea ético es actuar de
> hecho como acusación mientras se asume públicamente el papel de
> defensor y se ocupa el puesto de éste.
>   
¡Uf! Vamos por partes.

En primer lugar, en caso de duda (y si no hay duda con más razón ;-) ), 
existe la posibilidad de rechazar o abandonar el caso salvo que te sea 
asignado por el Turno de Oficio. Si es así teóricamente resulta casi 
imposible rechazar el caso salvo por causas personales (una enfermedad, 
un accidente, o amistad íntima con la víctima, enemistad declarada con 
tu defendido...). Digo "teóricamente" porque en la práctica quien sí 
tiene derecho a cambiar de abogado es el acusado, y siempre se puede 
intentar convencerle de que designe a uno particular...

Ahora bien; si acepta el caso o si no tiene más remedio que llevarlo, la 
obligación del abogado es defender a su cliente, que para algo se le 
llama "su defendido". Lo que comentaba creo que Akin acerca de la 
vigilancia de las garantías del proceso incumbe a todas las partes y 
especialmente al juez, pero la obligación primordial del abogado de la 
defensa es precisamente esa, la defensa.

Ante lo cual, si te toca defender de oficio a un malnacido, te jorobas.
> Supongo, sin base alguna, que en la vida profesional habrá muchos
> grises entre el blanco y el negro. No sé.
>   

La mayoría, evidentemente.

> PS: Sobre la dimisión, valga la máxima de Alonso del Real:
>
> "Estos diez mandamientos se encierran en dos:
> aquí ni dios dimite, y aquí no dimite ni dios."
>   

Jeje. Díselo a un compañero que tiene que defender a un... un 
incalificable que mató a su mujer. Él dimitiría, pero aún no lo ha 
conseguido.

Saludetes.

-- 
   Fernando L. Frías Sánchez
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