[escepticos] Pido opinion derechos paciente-Urgente, please

Ramon Diaz-Alersi ramon.diazalersi en gmail.com
Lun Jul 23 21:50:31 WEST 2007


No sé si entiendo bien tus dudas, veamos...

> Si no entiendo mal, Ramón, lo que indicas implica que la eutanasia
> pasiva está permitida siempre que el paciente sea capaz de obrar, no
> haya peligro para la salud pública y no exista una situación de
> urgencia.

Dejemos de momento las definiciones. En nuestro país, una persona que
sea capaz de obrar puede negarse a recibir cualquier tipo de
tratamiento, aunque ello implique su muerte. Aún más, si esa persona
está incapacitada en el momento de necesitar el tratamiento, pero ha
dejado registrado oficialmente en un documento de "voluntades
anticipadas" que rechaza un determinado tratamiento, tampoco se le
puede administrar. Igualmente es así si lo  ha dejado dicho de forma
clara (esto es ya más interpretable) a sus allegados y estos lo
advierten a su médico.
>
> Por favor, ¿podrías aclarar lo de la "situación de urgencia"?

Es toda aquella situación en la que no da tiempo de conocer la
voluntad del paciente, por el mismo, mediante sus allegados o mediante
el registro de voluntades anticipadas.
>
> Ahora, si el tipo ha evaluado racionalmente su decisión y prefiere no
> seguir con el tratamiento, ya sea porque prefiere asumir la muerte a seguir
> sufriendo durante meses por un tratamiendo inconducente; o una que se
> prefiere muerta que gorda (Decisión horrible, pero libre).

Así es. Más aún, en muchos casos la decisión de no poner un
determinado tratamiento parte del mismo médico (cuando el tratamiento
no conduce a nada más que a prolongar la agonía) y no necesita
aprobación, aunque suele consensuarse cuando es posible. Es lo que se
llama "limitación del esfuerzo terapéutico o asistencial". A la mayor
parte de los pacientes que mueren de cáncer o en una UCI se les ha
aplicado esta limitación.


> Decidir que una está mejor muerta que gorda es un síntoma que casi no
> necesita unirse a ninguno más, (puesto que, prácticamente, implica al
> resto, excepto quizá a la "distorsión de la imagen corporal") para
> diagnosticar un trastorno de la conducta alimentaria, los cuales (en
> mi opinión y en la de la mayoría de los jueces y médicos, según tengo
> entendido), menoscaban gravemente la libertad de elección de la
> paciente. Luego no le corresponde a ella decidir, no es, como dices,
> libre. Ya puede decir misa quien sea sobre "estilos de vida".

Cierto, cuando la negativa se debe a un trastorno psíquico, como en
este caso, se sobreentiende que el individuo está incapacitado para
tomar decisiones. En este caso la decisión es  de sus allegados o del
tutor en caso de haberlo, o del juez, pero nunca del médico. Este se
limita a informar a unos y otros de la existencia de esa incapacidad
para que obren en consecuencia y solo aplica finalmente el tratamiento
con su consentimiento.

Saludos.


-- 
Ramón Díaz-Alersi


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