[escepticos] Pido opinion derechos paciente-Urgente, please

Inés Toledo inesucu en gmail.com
Mar Jul 24 11:03:59 WEST 2007


> Por favor, ¿podrías aclarar lo de la "situación de urgencia"?

Es toda aquella situación en la que no da tiempo de conocer la
voluntad del paciente, por el mismo, mediante sus allegados o mediante
el registro de voluntades anticipadas.

Aclarado, gracias.

El 23/07/07, Ramon Diaz-Alersi <ramon.diazalersi en gmail.com> escribió:
> No sé si entiendo bien tus dudas, veamos...
>
> > Si no entiendo mal, Ramón, lo que indicas implica que la eutanasia
> > pasiva está permitida siempre que el paciente sea capaz de obrar, no
> > haya peligro para la salud pública y no exista una situación de
> > urgencia.
>
> Dejemos de momento las definiciones. En nuestro país, una persona que
> sea capaz de obrar puede negarse a recibir cualquier tipo de
> tratamiento, aunque ello implique su muerte. Aún más, si esa persona
> está incapacitada en el momento de necesitar el tratamiento, pero ha
> dejado registrado oficialmente en un documento de "voluntades
> anticipadas" que rechaza un determinado tratamiento, tampoco se le
> puede administrar. Igualmente es así si lo  ha dejado dicho de forma
> clara (esto es ya más interpretable) a sus allegados y estos lo
> advierten a su médico.
> >
> > Por favor, ¿podrías aclarar lo de la "situación de urgencia"?
>
> Es toda aquella situación en la que no da tiempo de conocer la
> voluntad del paciente, por el mismo, mediante sus allegados o mediante
> el registro de voluntades anticipadas.
> >
> > Ahora, si el tipo ha evaluado racionalmente su decisión y prefiere no
> > seguir con el tratamiento, ya sea porque prefiere asumir la muerte a seguir
> > sufriendo durante meses por un tratamiendo inconducente; o una que se
> > prefiere muerta que gorda (Decisión horrible, pero libre).
>
> Así es. Más aún, en muchos casos la decisión de no poner un
> determinado tratamiento parte del mismo médico (cuando el tratamiento
> no conduce a nada más que a prolongar la agonía) y no necesita
> aprobación, aunque suele consensuarse cuando es posible. Es lo que se
> llama "limitación del esfuerzo terapéutico o asistencial". A la mayor
> parte de los pacientes que mueren de cáncer o en una UCI se les ha
> aplicado esta limitación.
>
>
> > Decidir que una está mejor muerta que gorda es un síntoma que casi no
> > necesita unirse a ninguno más, (puesto que, prácticamente, implica al
> > resto, excepto quizá a la "distorsión de la imagen corporal") para
> > diagnosticar un trastorno de la conducta alimentaria, los cuales (en
> > mi opinión y en la de la mayoría de los jueces y médicos, según tengo
> > entendido), menoscaban gravemente la libertad de elección de la
> > paciente. Luego no le corresponde a ella decidir, no es, como dices,
> > libre. Ya puede decir misa quien sea sobre "estilos de vida".
>
> Cierto, cuando la negativa se debe a un trastorno psíquico, como en
> este caso, se sobreentiende que el individuo está incapacitado para
> tomar decisiones. En este caso la decisión es  de sus allegados o del
> tutor en caso de haberlo, o del juez, pero nunca del médico. Este se
> limita a informar a unos y otros de la existencia de esa incapacidad
> para que obren en consecuencia y solo aplica finalmente el tratamiento
> con su consentimiento.
>
> Saludos.
>
>
> --
> Ramón Díaz-Alersi
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