[escepticos] LPI y Redes P2P en Argentina

Txeyen txeyen en vivimosdelrock.com
Lun Jun 26 14:31:28 WEST 2006


El Lunes, 26 de Junio de 2006 3:16 PM, José Ángel Morente escribió:
> >
> > Si me dices porque no compartes la parte "moral", quizas te pueda
> > responder algo ;)
>
> Pues muy sencillo: cuando pirateas un CD, no jodes a Bisbal, que la
> pasta la saca de los conciertos; jodes al autor que percibe una
> miseria en relación con el artista.
¿Y el autor porque le regala su trabajo al cantante?
¿Y que culpa tengo yo de eso?

> > No.
> >
> > Para empezar seria absurdo permitir la copia "sin animo de lucro" si
> > luego no se puede realizar porque segun esa idea siempre hay animo de
> > lucro.
>
> Es una forma de verlo. Ni te doy ni te quito la razón.
Esta muy claro que, segun la ley, no es animo de lucro. Otra cosa es que te 
guste o no que sea asi (la parte "moral").

>
> Te soy sincero: en su momento (hará un par de años) leí varios
> artículos del tal David Bravo y me pareció que estaban llenos de
> falacias: jugaba con los distintos significados de las palabras,
> asemejaba artista con autor, cuando son conceptos completamente
> distintos, etc. Ignoro si en sus discursos actuales habrá pulido el
> mensaje, pero por entonces no había por dónde agarrarlo.
Ha mejorado bastante, sobre todo si hablas con el (comenta en su blog o 
mandale un correo).

>
> Un apunte más acerca de lo importante que es no confundir autor con
> artista para entender bien todo este tema (sacado del faq de la sgae):
>
> "¿Los derechos de autor están incluidos en el cachet que cobra el grupo?
>
> No. Dicho cachet viene a representar el precio que el grupo musical
> actuante tiene establecido y de hecho percibe por su actuación como
> intérprete. Los derechos de autor pertenecen al autor con
> independencia de que éste pueda tener la condición de intérprete o no.
> Es decir, existen casos en que el intérprete es además el autor, pero
> otras muchas en que no. Por consiguiente, no debe confundirse el
> derecho de autor stricto sensu con los derechos conexos, vecinos o
> contiguos, que son los que corresponden a los intérpretes, siendo
> ambos independientes, compatibles y acumulables. Además el derecho de
> autor casi siempre será gestionado por una entidad gestión, en España
> la SGAE, que recaudará los derechos correspondientes a la explotación
> de las de obras, al margen por tanto del cachet que el grupo
> establezca por su actuación musical."
>
> En definitiva: que los que se forran son los cantantes, y no los
> autores. Y que si nos cargamos a los autores, se acabó la música.

Acabo de contestar mas o menos a eso en otro correo. Pero en resumen, yo diria 
que un autor es como un arquitecto: 
diseña, pero no lo crea. (compone, pero no lo toca)

¿De que viven los arquitectos? 
¿tambien reciben un "canon" cada vez que alguien mira el edificio?

-- 
Porque la libertad no solo esta en la letra
VivimosdelRock.com
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