[escepticos] Especistas

Agustín jbatalla en tinet.fut.es
Dom Sep 20 15:33:13 WEST 2015


El 16/09/15 15:56, Emilio José Molina Cazorla escribió:
[...]
> De todas formas, yo añadiría que tiene razón. En el sentido de que nos
> creemos superiores a otros animales y los usamos de formas que no lo
> haríamos con nuestra especie, somos especistas. En el grupo seguro que
> habrá quien lo pueda filosofar mejor, pero yo lo reduciría a que, desde el
> momento en el que podemos hacerles todas esas barrabasadas,

[...]


El debate me parece muy interesante y con problemas interesantes.

A ver si no resulto demasiado espeso y se me entiende. Perdón de antemano

¿Preguntémonos por qué hemos de ayudarnos unos a otros o simplemente
ayudarnos a nosotros mismos y no abandonar todo o por qué tener moral?

Primero creo que la cooperación mutua a largo plazo es la estrategía que
más beneficios aporta pero no necesariamente cuando es a corto. Así las
células de mi cuerpo cooperan. Bacterias viven de forma simbiótica
dentro mío permitiéndome acceder a vitaminas y sustancias que mi
organismo no podría conseguir solo de las comidas sin ayuda etc. Pero
también la leona caza a la gazela para alimentarse y alimentar a la
manada (a la prole, al león que les aparta peligros o competencia como
las hienas y les da más proble)

¿especistas?
NO. Como indicó dawkins el núcleo de la evolución no es la especie sino
los genes (en el sentido ontológico extendido de todo lo necesario para
acusar un fenotipo junto el medio ambiente). Son a estos a quienes
servimos y por eso es antes la familia, el pueblo y por derivación se
acaba mostrando defensa por cosas parecidas (mismo equipo de futbol,
mismas creencias, etc). Pero la naturaleza es madre pero también muy
hijadeputa. La evolución y sus mecanismos no deberían ser base para el
comportamiento ético sino algo a conocer como parte de la realidad

La evolución nos ha dotado de una capacidad emergente de nuestro
neocortex: Para poder reaccionar adecuadamente nuestro cerebro busca
atajos de lo que es más probable que haga un animal o una persona. POr
ejemplo al tener una taza en la mano y cerca de los labios que nos pase
de inmediato que se la beberá o si hay peligro que nos la tire y nos
apartemos o cuan confiamos

para eso acabamos haciendo atajos en el neocortex sobre lo que hacemos
nosotros en esa situación o podemos hacer y predecir acciones.
POdemos hacer lo que Douglas R. Hofstadter llamó "godelización" y
aplicar el análisis a nosotros mismos como lo aplicamos a un animal o a
otra persona de forma que cuando estamos en cualquier situación usemos
los mismos circuitos para valorar constantemente a nosotros mismos en
esa situación.. Y por tanto ser conscientes

Alguno de los corraleros indica la capacidad de sentir dolor y alguno
señala la consciencia

Bueno.

Me gustaría señalar el que a partir de ese punto que he llegado la
capacidad de volver a repetir otra "godelización" sobre el otro y ser
consciente de su consciencia es decir de tener empatía

Pienso que ese es el fruto de la moral y la ética. Al vivir en comunidad
y tener que reconocer lo que sienten los demás para actuar nos hace
sentir empáticos y ser conscientes de su consciencia con lo que cobra
mayor fuerza la cooperación y el remordimiento aunque la tentación de
aprovecharse de una situación puntual que de mucho beneficio momentáneo
a costa de perjuicio de otros esté siempre ahí Pero si no hubiera un
control no se podría confiar ni convivir así que la empatía debería de
hacer mucha fuerza. Luego que se racionalice con las religiones, se
hable de amor (para amar a otro se ha de empatizar) etc me parece otra cosa

Se ha preguntado sobre unos mínimos


Como sabréis intenté montar algo que fuera una moral de mínimos para una
sociedad al estilo de un preámbulo de una constitución con una pésima
redacción pues estaba centrado en las ideas

Me ganó bastante crítica personal que yo deseaba al texto y no a mí. Que
si quería reinventar todo.. Y eso NO. En absoluto

Quería realmente intentar formalizar de forma escrita una moral social
de mínimos no solo la declaración de derechos humanos sino el sentido de
esta y darle fuerza. POrque a las personas o a lo que tenga ciertas
capacidades se han de reconocer derechos y al resto según lo cerca que
esté de esas capacidades y más bien pedir ayuda para poder expresar
claramente lo que pretendía o bien ser reformulado de otra forma diferente



Volveré a poner un fragmento (creo que se entiende mejor como está
redactado ahora) lo tengo más extendido incluso tocando el maltrato
animal pero solo pongo un trozo y quiero indicar que es solo expresar
ideas y la relación que me parece que han de tener para una moral en la
que se fundamente una sociedad en la que se pueda vivir bien todo el
mundo con unos mínimos compartidos

Si no parece bien las ideas y que la organización debería ser de otra
forma pues bien... Si no se entiende siempre puedo intentar explicarlo
de otra forma, si no interesa y no se cree que lleve a nada siempre se
puede pasar. Así que me parece que es indicado meter el fragmento del
que podría poner el resto que me parece que ha de estar incluido en algo así

Bueno Voy a soltar la parrafada aún más larga que la anterior. Pido
perdón de antemano si no aporta absolutamente nada y tomarse como un
fragmento esbozo de algo no como el algo...


----------------------------------------------

Preámbulo:

*En un concepto general será considerada personalidad física aquello,
que siendo una estructura de algo, un objeto, un proceso u otra
naturaleza, tenga la propiedad de contener un “yo” autoconsciente de sí
mismo además de poseer también empatía hasta un nivel de tener, o por lo
menos permitir, consciencia del “yo” de sus semejantes, de tal forma que
esto le permita o pueda permitir, además, tener sentido ético y
actitudes morales.

*La persona física humana, o llamada también persona humana, será el
conjunto fenotípico humano que tenga la capacidad de tener personalidad
física aunque no la use o no le funcione mientras aún mantenga dicha
capacidad; o en el caso de no haberla aún llegado a utilizar, la posea.
En caso de necesidad para poder determinar el tipo objeto donde pueda
residir en acto o en potencia la personalidad física, se podrá usar el
hecho de poder pasar correctamente un test tipo Turing con cualquier
otra persona física humana para determinar que tipo de cosas tienen esa
capacidad en activo y por tanto, a partir de ahí, determinar que tipo de
cosas la pueden tener aunque no la tengan en ese momento activa o
determinar que tipo de cosas la tengan pero pueden aún no haberla
llegado a usar


El bien supremo son las personas físicas y por antonomasia las personas
físicas humanas, dicho bien supremo parte del hecho que una persona
física tenga las cualidades que la hacen ser tal cosa. Esto implica que
la persona física sea fuente y objeto de derechos y por tanto de
obligaciones. Así a las personas físicas humanas se les reconoce todos
los derechos de la declaración universal de derechos humanos aprobada el
día 10 de Diciembre de 1.948 en la Asamblea General de Naciones Unidas,
y las obligaciones que implica el hecho de la necesidad de cooperación
mutua para conseguir que todas las personas humanas disfruten de los
derechos humanos en una situación de armonía, felicidad,  conocimientos
y sabiduría; además de conseguir cumplir las obligaciones emanadas de la
necesidad de frenar y corregir tanto comportamientos como acciones que
vayan en contra del respeto de los derechos humanos.
Todo esto teniendo en cuenta como regla general que los derechos de
cualquier persona humana como tal terminan en donde empiezan los
derechos de las demás personas humanas y en proporción al nivel de
importancia más o menos fundamental de los derechos en conflicto en el
caso que este fuera inevitable.
Este reconocimiento es el que les concede la categoría de personalidad
jurídica a las personas físicas y por tanto con capacidad para contraer
obligaciones y realizar actividades que generen plena responsabilidad
jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.


En caso de existir personas físicas no humanas  que se relacionen de
alguna forma con personas humanas o semejantes, se les reconocerá, a
dichas personas físicas no humanas, un conjunto de derechos acorde a su
naturaleza.
Tanto las leyes creadas para la consecución del respeto hacia los
derechos humanos, y las leyes creadas para la consecución del respeto
hacia los derechos de las personas físicas no humanas, evitarán tener
conflictos entre sí, siendo redactadas en el mayor respeto mutuo y
consecución de cooperación mutua. Aunque en caso de conflicto
irremediable entre ambos conjuntos de leyes prevalecerán en el punto de
conflicto, las leyes necesarias para el respeto de los derechos de las
personas físicas humanas y según el grado de relevancia fundamental de
los derechos en conflicto,


--Así nace de forma lógica el sentido de justicia social como:

1- Para respetar a las personas se han de respetar los hechos. Respetar
los hechos objetivos y el usar de estricta metodología científica para
alcanzar conocimiento cierto de la realidad cuando pueda haber duda
razonable, con resultados siempre revisables, ser cuestionados, pero
esto también a su vez, desde estricta metodología científica. Con el
objetivo de evitar la arbitrariedad en las acciones y medios para la
consecución del respeto de derechos y libertades, en la aplicación de
las leyes emanadas de esta constitución y en la valoración de las
circunstancias al decidir sobre el respeto de tales derechos.

2- El que si las circunstancias personales sitúen a una persona humana
en situación de inferioridad en el respeto de sus derechos, la sociedad
tome las medidas, ayudas, soportes, etc que compensen la circunstancia
dándole el nivel de respeto de todos sus derechos.

3- El que si las circunstancias personales sitúen a una persona humana
en situación de superioridad
en el respeto de sus derechos teniendo privilegios, la sociedad use,
invierta, aproveche y/o se beneficie de esa situación para corregir las
situaciones de inferioridad de otras personas humanas.

4- El que las personas humanas que abusen de sus derechos para conculcar
los derechos de (otra u otras) otras personas humanas se les limiten los
derechos propios en los mínimos imprescindibles para evitar que
continúen conculcando derechos de otros, modificar su conducta hasta que
sea respetuosa con los derechos de los demás y reparar el daño hecho en
la medida de lo físicamente y psicológicamente posible.

Un ejemplo para conseguir la aplicación efectiva estos de puntos y a
causa de la desigualdad real entre la edad de personas físicas y su
diferencia de capacidades a causa de la edad surgen elementos tales como
la “declaración de los derechos del niño” aprobada por la “Organización
de Naciones Unidas” el 20 de noviembre de 1959 (con todos los 78 estados
miembros que la componían entonces) y la “Convención de los derechos del
niño” en 1989 ampliando y mejorando el articulado.
------------------------------


Lo que me anoté (es un esbozo) sigue...


Más información sobre la lista de distribución Escepticos