[escepticos] reparto de votos?

David Revilla davidrev en gmail.com
Mar Nov 1 09:32:03 WET 2011


Pues no tenía noticia, la verdad. Siempre que me he censado en un 
domicilio nunca me pidieron más que la dirección en sí, pero veo que 
debo de estar equivocado.

El 31/10/2011 20:46, Pepe Arlandis escribió:
> El 31 de octubre de 2011 20:36, Jaime Rudas<jrudasl en gmail.com>  escribió:
>
>> Hola, David:
>>
>> [David]
>>> De hecho, censarse es tan fácil como tener un domicilio en la ciudad
>>> donde quieras hacerlo, sea compartido, perstado o lo que sea, y decirlo
>>> en el ayuntamiento.
>>> El justificante se puede obtener por internet, una vez hecha la primera
>>> inscripción.
>>> Vives donde quieres, más faltaría. ¿En Colombia no puedes tener dos
>>> casas? pues aquí igual, y te censas en la que quieras.
>> [Jaime]
>> Me entra una duda: si te censas donde quieres ¿por qué hay que tener un
>> domicilio en la ciudad donde quieres hacerlo?
>>
>> Saludos,
>>
>> Jaime Rudas
>> Bogotá
>>
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>> Que yo sepa, para empadronarte como residente en un sitio exige vivir en
> dicho municipio medio año más un día al año, lo que no se es si el
> incumplimiento de eso es un ilícito penal, falta o delito.
> saludos pepet
> saludos pepet
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