[escepticos] Un poco de memoria, era El mundo sufrió su mayor revolución ecológica en 1492"

Francisco Mercader fmercaderr en telefonica.net
Jue Abr 22 21:11:24 WEST 2010


[Pepe Arlandis]
Hace  mucho tiempo, tras la expulsión de la lista del "Coloso de 
Rosario" hubo una escisión de esta lista, y un grupo de colisteros entre 
ellos el señor Mercader fundaron otra lista escéptica, me suscribí a 
dicha lista y me desuscribí al cabo de poco tiempo a causa, según mi 
opinión, del autoritarismo insoportable de moderador, se admiten 
conjeturas sobre la edad del moderador.

[Mercader]
Qué mala memoria tienes, Arlandis. La lista escéptica de yahoogroups 
funcionó desde el principio con una junta formada por cinco moderadores 
que actuaban conjuntamente, precisamente para evitar las posibles 
arbitrariedades de un único administrador, que es precisamente lo que 
nos había impulsado  a marchar a treinta de nosotros. Si esa lista tuvo 
alguna característica fue, precisamente, la exquisitez más absoluta en 
la administración, para lo cual se redactó incluso una especie de 
Constitución en la que se intentaba prever hasta el último de los 
detalles con toda clase de seguridades jurídicas para evitar las 
cacicadas. Así que, descartando que hayas mentido conscientemente, sólo 
queda suponer que te has confundido y te referías a otra lista.
Por aquí hay varios supervivientes de aquel periodo que me podrán 
desmentir, si es el caso.
Ahí tienes el texto con el que se administró 'esceptica' y que  muchas 
listas podrían copiar.
====Desde aquí========

ESTATUTOS DE LA LISTA <esceptica en onelist.com>


1. La Junta de Gobierno de esta lista de correo se elige por el voto de 
los
miembros de la propia lista, y está compuesta por cinco personas. Se 
reúne a
petición de uno cualquiera de sus miembros que pida someter una cuestión 
a
votación. Una vez hecha la petición, los miembros de la Junta tienen 48
horas para dar su respuesta; si algún miembro no la da al cabo de ese 
plazo
se contará como "abstención". Las decisiones se toman por mayoría de 3 
votos.
Se hará público, en cada caso, el voto de cada miembro.


2. Toda decisión que afecte a la situación de la lista o de sus miembros
deberá ser aprobada por la Junta de Gobierno o de lo contrario no se 
podrá
aplicar; si ya hubiera sido aplicada deberá rectificarse de inmediato. 
En
particular, las decisiones graves como sanciones y expulsiones no se 
podrán
tomar nunca sin previa aprobación de la Junta. Se exceptúan las 
situaciones
previstas en el apartado 8, en las que la Junta debe dar al moderador
solamente la autorización inicial para proceder según el calendario
previsto.


3. Las elecciones a la Junta que gobierne esta lista se celebrarán según 
el
siguiente calendario:

3.1. Habrá un plazo de cinco días para presentación de candidaturas y
promoción de las mismas en el foro. Cada miembro de la lista puede 
escribir
recomendando el voto para sí mismo u otros miembros, hasta un máximo de 
cinco
nombres, y puede explicar las razones que le llevan a pedir tal voto. 
Todo
el que haya sido mencionado en esta fase puede ser candidato si acepta
expresamente la nominación.

3.2. A continuación, en un plazo de cinco días, se celebrarán las 
votaciones
para elegir a los miembros de la Junta, consistentes en mensajes 
enviados a
una nueva lista de correo creada provisionalmente a tal efecto. Todo el
cuerpo electoral de la lista será subscrito a las 0 horas del primer día 
de
la votación, y será desubscrito a las 24 horas del segundo día. Los 
mensajes
archivados con los votos no serán públicos mientras dure la votación,
haciéndose públicos al término de la misma, y manteniéndose a la vista 
del
público durante al menos una semana.

3.3. En cada mensaje, el votante debe dar su voto a un máximo de cinco 
miembros
de la lista, que estén entre los candidatos según se indica en 3.1, y 
puede
incluirse a sí mismo. Si se vota a más de cinco nombres, el voto es 
nulo. Si se
vota a un mismo nombre repetido, se cuenta solamente como un voto. Los 
votos
a no candidatos no cuentan. El voto se puede rectificar un máximo de dos
veces.

3.4. El recuento de votos se hará público en esta lista al día siguiente 
del
fin de las votaciones, indicando los votos obtenidos por cada candidato.

3.5. Las cinco personas más votadas serán quienes formen la Junta. En 
caso de
que hubiera empate por el quinto lugar, se recurriría a una segunda 
vuelta entre
los empatados, en la que sólo se podrá votar a una persona.

3.6. La junta gestora elegirá, de entre sus componentes, al que ejercerá
nominalmente como moderador, así como a dos adjuntos.  Moderador y 
adjuntos
tendrán acceso a las claves de la cuenta moderacion_lista en hotmail.com, 
que
posee los privilegios del List  Owner. El moderador y los adjuntos 
actuarán
por delegación de la junta, que decidirá discrecionalmente el margen de
actuación de los  mismos. Así mismo asumirán las funciones de 
representación
o coordinación frente a terceros. Las decisiones de la junta o las que
tomen los moderadores por delegación de la misma, serán asumidas
colegiadamente.


3.7. Las próximas elecciones tendrán lugar al año de la celebración de 
las
anteriores  pero pueden ser adelantadas si así lo decide la Junta. En 
este
caso deberá anunciarse el proceso electoral con, al menos, dos semanas 
de
antelación. Si no se presentaran más candidatos que los cinco que ya son
miembros de la Junta, su mandato será prorrogado por un año sin acudir a
nuevas elecciones.

3.8. Si alguno de los miembros de la Junta decide retirarse, se 
sustituirá
por el siguiente más votado en las elecciones, para que siempre sean 
cinco y, si
en este caso también hubiera empate, se recurrirá a votación de 
desempate en
la lista. Si el moderador decide retirarse, la Junta podrá elegir entre
convocar elecciones o votar otro moderador elegido entre sus cinco 
miembros.

3.9. Si alguno de los miembros de la lista justifica ante el moderador 
que
va a estar ausente en los días del proceso electoral, y no va a tener 
acceso
a Internet, se le admitirá por parte de la Junta la candidatura y/o el 
voto
antes de plazo.

4. El moderador posee las siguientes atribuciones:

4.1. Aplicar sanciones aprobadas por la Junta, según se explica en 5,6 y 
7.

4.2. Coordinar el proceso electoral.

4.3. Decidir el bloqueo de los nuevos ingresos en la lista si se da el 
hecho
de que hay expulsados que vuelven a entrar bajo otra cuenta, y también 
en
época electoral, para evitar la entrada de clones votantes.



5. Las siguientes causas podrán acarrear una expulsión inmediata de esta
lista, sin previo aviso:

5.1. Utilizar la lista para fines manifiestamente ajenos a la misma, 
como
propaganda comercial, búsqueda de relaciones, etc.

5.2. Comenzar a proferir insultos desde el primer  o los primeros 
mensajes,
siendo evidente a juicio de la Junta que ésta era su única intención en 
el
foro y no el tratar ningún tema relacionado con el mismo.

5.3. Usurpar la dirección electrónica de otro usuario, y otras faltas
informáticas graves como el "mail-bombing".

5.4. Abuso de sus prerrogativas, en el caso del moderador u otro miembro 
de
la Junta.


6. Las siguientes causas podrán acarrear una primera advertencia 
amistosa;
si se reincide, una segunda amenazante con la expulsión; a la tercera 
vez, la
expulsión temporal de la lista por una semana; y la siguiente 
reincidencia,
la expulsión por tiempo indefinido:

6.1. El uso reiterado de un lenguaje insultante, descalificador o 
despectivo
para con otros colisteros.

6.2. Las amenazas o afirmaciones difamatorias reiteradas para con otros
colisteros.


7. Las siguientes causas podrán acarrear una sanción de suspensión de un 
día
de duración, precedida por dos advertencias como las mencionadas en 7, 
que
será aumentada en un día más en cada reincidencia inmediata y se 
convertirá
en suspensión por tiempo indefinido a la quinta vez:

7.1. El envío de un número excesivo de mensajes a la lista. Previamente, 
si
la Junta estimara que algún(os) miembro(s) de la lista la acaparan por 
su
número excesivo de mensajes, podrá aprobar la entrada en vigor de un 
tope
de 10 mensajes diarios, lo que será anunciado por el moderador. Sin este
anuncio no podrá haber sanción posterior. Una vez hecho público el 
anuncio, la
actuación del moderador no necesitará el refrendo de la Junta para cada
sanción, si se desarrolla según los cauces previstos. En el momento en 
que
la Junta considere que no se da ya la situación que motivó el anuncio 
del
tope de mensajes, deberá anunciarse su revocación.

7.2. El envío sistemático y continuado de mensajes absolutamente 
Off-Topic.
Previamente, si la Junta estimara que algún(os) miembro(s) de la lista
la utilizan para enviar sistemáticamente mensajes de contenido ajeno a 
la
misma, podrá aprobar la entrada en vigor del veto a ese tipo de 
contenidos,
los cuales serán explicitados al ser anunciada la medida por el 
moderador.
Su aplicación será idéntica a la de 8.1.


8. La Junta de gobierno de esta lista posee además las siguientes
atribuciones:

8.1. Decidir qué palabras constituyen insulto, descalificación, etc. si
hubiera dudas al respecto.

8.2. Readmitir a expulsados.

8.3. Proponer cualquier reforma de los presentes Estatutos al conjunto 
de
los miembros de la lista, los cuales deberán votar su ratificación.


9. Nadie será sancionado por el solo hecho de expresar una opinión.

10.  Cuando un tercio de los miembros de la lista soliciten un cambio
de los estatutos, la Junta enviara el texto a la lista para que sus
miembros decidan mediante votación si lo aceptan o no."

11.En caso de expulsión de la lista, el expulsado tiene derecho a
reclamar una votación. Para ello la junta enviara un mensaje donde
justifica la expulsión y el expulsado otro con sus alegaciones. No se
abrirá ningún debate y la votación se reducirá votar entre la
expulsión o no."
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