[escepticos] Re: Re: autobus creyente

david en puntoque.net david en puntoque.net
Sab Ene 10 15:41:30 WET 2009


Pues me encanta que se metan en este berengenal:
"Existen numerosas pruebas de la existencia de Dios, desde las experiencias 
personales de la gente a la complejidad, la interdependencia, la belleza y 
la concepción de la naturaleza", prosiguió, considerado que había "pocas 
pruebas en el otro campo"

A ver qué pasa si un juez no les da la razón en base a semejantes 
argumentos...


----- Original Message ----- 
From: "Tonyo del Barrio" <tonyodelbarrio en teleline.es>
To: "escepticos LP" <escepticos en dis.ulpgc.es>
Sent: Saturday, January 10, 2009 1:16 AM
Subject: Re: [escepticos] Re: Re: autobus creyente


> Se me olvido añadir que tu idea ha sido adoptada... por los otros!
> http://www.lemonde.fr/web/depeches/0,14-0,39-38081811@7-37,0.html?xtref=
> (vía: 
> http://meneame.net/story/creyentes-denuncian-ante-control-publicidad-inglesa-campana-bus-ateo-f)
>
> Toño
> http://www.delbarrio.eu/
>
>
>
>
>> Es una idea excelente lo de denunciar para que tengan que demostrar sus 
>> afirmaciones publicitarias.
>> En algún sitio leí que el famoso anuncio de cerveza "posiblemente la 
>> mejor cerveza del mundo" tiene ese adverbio al comienzo porque de otra 
>> forma tendrían que demostrarlo. Aunque también es posible que fuera una 
>> obligación en otro país, y aquí no esté tan claro.
>>
>> Un saludo,
>> Toño
>> http://www.delbarrio.eu/
>>
>>
>>
>> De: Jose Luis <joseluis.vm en inbox.com>
>>
>> Tonyo del Barrio escribió:
>>> Jorge Frías:
>>>
>>>> Fijaos cómo se sienten algunos "ofendidos" por decir que Dios no
>>>> existe, mientras que su libertad de expresión pasa por decir que somos
>>>> unos pecadores, que vamos a ser jodidos en el infierno por la vida que
>>>> llevamos eternamente.
>>>
>>> Curiosamente, yo creo que aquí en España no te amenazan con el infierno.
>>> ¿Os habéis fijado lo poco que hablan los obispos del cielo y el 
>>> infierno?
>>> Prefieren hablar de cosas terrenales, como el sexo, la escuela y la
>>> financiación.
>>>
>>> Por eso a mí no me gusta que lo hayan traducido tan literalmente:
>>> http://www.delbarrio.eu/2009/01/la-campanya-del-bus-ateo.htm
>>> Aquí el contexto religioso es distinto.
>>>
>>
>> Reconozco que en un principio, la publicidad en los autobuses, me
>> pareció una tontería. El caso "ingles" es diferente, mediaba una
>> provocación previa. Con el actual giro de los acontecimientos veo que
>> estaba equivocado, se han puesto nerviosos y han cometido un grave error
>> (los evangelistas que la Iglesia Católica no parece entrar al juego
>> todavía).
>>
>> Se me había ocurrido la "maldad" de que esa afirmación tan tajante sobre
>> la existencia de dios puede ir contra la ley de publicidad, dado que
>> todos asumimos que la publicidad deber ser veraz, ahora bien la
>> legislación es otra cosa:
>>
>> http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l34-1988.t2.html
>>
>> A pesar de lo evidente que parece, no he encontrado que incumpla alguno
>> de los preceptos de la ley 34/1988(*)
>>
>> Hubiera sido estupendo que un tribunal pusiera de manifiesto y bien a
>> "las claras" que realizan afirmaciones que no pueden demostrar. Bueno,
>> hay mucha más legislación, al respecto de la publicidad, puede que
>> alguna organización con medios se le ocurra la misma idea (yo si estaría
>> dispuesto a hacer mi modesta aportación económica a esta causa).
>>
>> Más legislación al respecto en:
>>
>> http://recursos.cnice.mec.es/media/accesibilidad.php?c=&inc=publicidad&blk=8&pag=6
>>
>> (*)
>> TÍTULO II DE LA PUBLICIDAD ILÍCITA
>> Artículo 4.
>> Es engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su
>> presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios,
>> pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz
>> de perjudicar a un competidor.
>>
>> TÍTULO II DE LA PUBLICIDAD ILÍCITA
>> Artículo 3.
>> Es ilícita: La publicidad que atente contra la dignidad de la persona o
>> vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución,
>> especialmente a los que se refieren sus artículos 18 y 20, apartado 4.
>>
>> Artículo 5.
>> Para determinar si una publicidad es engañosa, se tendrán en cuenta
>> todos sus elementos y principalmente sus indicaciones concernientes a:
>> 1. Las características de los bienes, actividades o servicios, tales 
>> como:
>> e. Resultados que pueden esperarse de su utilización.
>> f. Nocividad o peligrosidad.
>> 6. Servicios postventa. :-)
>>
>>
>> -- 
>> "Desgraciados los pueblos que necesitan héroes. Bertold Bretch."
>> (1898-1956).
>>
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