Re: Re[2]: [escepticos] Palo a la apostasía

Teocrasio Nebolillo Quasarim fray_ke_joder_se en yahoo.es
Mie Oct 1 19:53:51 WEST 2008


A las güenas.

A lo mejor la expresión resulta un tanto brusca, pero a tenor de como está redactada la noticia no deja camino abierto a otro pensamiento.
El párrafo al que hace referencia la frase remarcada, viene a decir (a no ser que mis entendederas estén más oxidadas de lo que creo)  que los libros de bautismo son un caos, ya que están ordenados según la fecha de bautismo y también dice: "pero permite - como es el caso estimado - dejar constancia de creencias o convicciones de los ciudadanos" Y es este el párrafo que me parece que no debiera de estar ahí.

El motivo, pienso, es evidente. En dicho libro, lo único que se refleja es que en tal fecha, servidor fue bautizado, nada más. No es reflejo ni de mis creencias, que ni por asomo coinciden con la ICAR, ni son mis convicciones, creo que el cristianismo no es la mejor forma de regirse en la vida. 

Entiendo que con esta frase, el supremo asume que todo bautizado, a pesar de no contar con el consentimiento personal ya que generalmente te bautizan con pocos días de vida, sigue siendo creyente, católico, apostólico y romano de por vida. 

Sigo entendiendo que con dicha frase, el supremo autoriza a usar los libros de bautismo COMO CENSO de militantes en su secta a la iglesia católica.

Lo idóneo hubiese sido que el supremo hubiese obligado a la informatización de dichos libros y hubiese entregado la custodia de los datos a los ayuntamientos a los que las parroquias estén adscritos.

Sigo pensando que la frase de marras es un error y que induce a pensar que "una vez bautizado... te jodes, que ya no tiene vuelta atrás"

Saludos.




--- El mié, 1/10/08, jmbello <jmbello en mundo-r.com> escribió:
De: jmbello <jmbello en mundo-r.com>
Asunto: Re[2]: [escepticos] Palo a la apostasía
Para: "Lista Escépticos" <escepticos en dis.ulpgc.es>
Fecha: miércoles, 1 octubre, 2008 12:45

Hello Teocrasio,

Tuesday, September 30, 2008, 6:14:27 PM, you wrote:


TNQ> Pero lo mejor es que para el TS una vez bautizado, te
TNQ> jodes, que bautizado te quedas.

No me parece que sea correcto lo que dices. Lo que dice el libro de
bautismos es que tal día fue bautizado el niño fulanito de tal, hijo
de fulano y de mengana. Da constancia de un hecho cierto, y ese hecho
no lo cambia ni dios. Fue así, y nada hay que protestar. Es un acta
notarial, una noticia.

Lo que no dice el libro de bautismo es que fulanito crea o deje de
creer, que practique o deje de practicar. Ni contiene datos personales
actualizados (dirección, teléfono, DNI, estado civil, gustos y
aficiones, odios y manías, etc.) Simplemente relata un hecho:
fulanito fue bautizado tal día en tal sitio.

En alguna ocasión defendí en esta lista la postura jurídica que ahora
toma el Supremo. No existe derecho a borrar lo que es un hecho cierto.
Sí se podría poner la anotación al margen de la apostasía; pero no veo
tampoco forma de obligar a la Iglesia a hacerlo de esa forma. Bien
puede hacer constar la apostasía en otro libro registro de apóstatas.

También coincido en que los libros que registran hechos no deben tener
la consideración de ficheros de datos, simplemente porque no lo son.

Saludos

JM

PS: Hace algún tiempo (cuando salió la Ley de Protección de Datos)
hubo un debate similar en el seno de una asociación que a más de uno
le sonará (ARP-SAPC). Hubo un ex-socio que se dio de baja y solicitó
el borrado de todos sus datos, casi de forma que no quedase rastro de
su anterior consideración de miembro de la asociación. Unos estaban a
favor de acceder a lo solicitado. Mi postura fue contraria: había que
borrar, por supuesto, todos los datos personales del ex-socio
(dirección, teléfono, cuenta bancaria, etc.), pero no se puede borrar
lo imborrable, el hecho de que Fulanito fue socio desde tal hasta cual
fecha. Eso es cierto, y ese dato no es privativo del ex-socio, sino
que pertenece a todos los socios que compartieron asociación durante
ese tiempo; ese dato pertenece a la asociación.

Saludos

JM


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