[escepticos] Glorietas (era: ajedrez y mujeres al volante)
Antonio Rodríguez Sierra
antonio.r.sierra en gmail.com
Sab Feb 2 13:20:38 WET 2008
REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del
texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo
339/1990, de 2 de marzo.
Artículo 29. Norma general.
1. Como norma general, y muy especialmente en las curvas y cambios de
rasante de reducida visibilidad, los vehículos circularán en todas las
vías objeto de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial *por la derecha* y lo más cerca posible del borde de la
calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el
cruce con seguridad (artículo 13 del texto articulado).
http://www.boe.es/boe/dias/2003/12/23/pdfs/A45684-45772.pdf
(los asteriscos son míos)
Enrique Hinojosa escribió:
> Lo que dice en el enlace de las vías con más de un carril en poblado
> es lo mismo que me enseñaron a mí. Se puede ir por el que más convenga
> según el destino. Pero que yo sepa no existe ninguna normativa que te
> fuerce a ir por un carril determinado según vayas de frente, o a girar
> a derecha o izquierda. Lo que dice Eloy es lo que marca el sentido
> común, dado que puedes ir por el que más te convenga, pero creo que no
> hay nada en el código de circulación que te "fuerce" a circular por un
> carril determinado.
>
> El 1/02/08, Moreno <magofreston en fastmail.fm> escribió:
>> Recuerda que esto que nos envía Mercader no es la legislación española.
>>
>> Y volviendo al tema que nos ocupa, he encontrado el siguiente enlace al
>> Reglamento General de Circulación:
>> http://www.autoescuelasasociadas.org/ppal/legisla/circulacion.htm
>> Tras consultarlo, lo primero que veo es que no identifica en ningún
>> momento las glorietas con vías urbanas. Ádemás, incluso aceptando barco
>> como animal acuático, no dice nada de que el carril izquierdo
>> (suponiendo dos carriles) sea para ir de frente o a la izquierda.
>>
>>
>> On Fri, 01 Feb 2008 13:49:40 +0100, "Eloy Anguiano Rey"
>> <eloy.anguiano en gmail.com> said:
>>>> Las normas sobre glorietas de diversos países europeos, unificadas por
>>>> un convenio de Ginebra y de las que, felizmente jubilado, no tengo
>>>> delante referencia ahora mismo, son similares: La glorieta es un
>>>> dispositivo específico para distribuir el tráfico y goza de un
>>>> régimen distinto de otras partes de la vía. Al circular por una
>>>> glorieta se ha de evitar circular por el carril exterior para
>>>> facilitar la entrada en ella y la salida de otros vehículos. El carril
>>>> interior se utilizará para adelantamientos y para efectuar cambio de
>>>> sentido. Sólo cuando el conductor se aproxime a la salida que haya
>>>> escogido, tiene la obligación de desplazarse, con la suficiente
>>>> antelación, al carril exterior. Una vez en él, el conductor tiene la
>>>> obligación de salir de la glorieta por la salida más próxima. Por
>>>> lo que véis, nada que ver con lo que se enseña y se practica en este
>>>> país.
>>> Al releerlo me he fijado en esta frase:
>>>
>>> "una vez en él [el carril derecho], el conductor tiene la OBLIGACIÓN DE
>>> SALIR de la glorieta
>>> por la SALIDA MÁS PRÓXIMA."
>>>
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