[escepticos] SGAE. (Heredabilidad)

Pepe Arlandis pepe.arlandis en gmail.com
Mar Dic 30 23:00:15 WET 2008


El 30 de diciembre de 2008 20:12, José Á. Morente
<joseangel en morente.org>escribió:

> 2008/12/30 Xan Cainzos <xandemenguxo en gmail.com>:
>
>
> > Mis razones son tan simples como que nadie heredarara mi sueldo cuando yo
> > muera, por lo tanto ¿que tienen de especial los parientes de los autores?
>
> Tú estás entonces asumiendo que la remuneración por derechos de autor
> es un salario, lo cuál es una idea más que discutible.
> Es más parecido a un arrendamiento (de la obra del autor). De la misma
> forma que si tus padres tienen un piso en propiedad que han alquilado,
> tú heredas el piso con ese alquiler.


No es lo mismo, porque si tu arriendas un piso no lo puedes usar, mientras
que si alguien reproduce una partitura, no impide en ningún modo que la
disfrute el autor. No es pues asimilable a un arriendo.  Es más parecido a
una pensión vitalicia, de cuantía variable, que se puede legar a los
herederos.

>
>
> > PD: El dia que reconozcamos qeu el sistema actual solo beneficia a las
> > empresas y, muy colateralmente, a los autores podremos tener una base
> para
>
> ¿Pero a qué empresas benefician los derechos de autor? Si precisamente
> son las más perjudicadas!!
> A veces creo ver tintes de conspiranoia cuando sale este tema.


No si esas empresas están afiliadas a la SGAE, o me vas a decir que la SONY
no cobra ni un euro del canon, mira por donde cobra dos o más  veces, al
vender los soportes, al vender las grabadoras, al vender los reproductores y
al cobrar el canon que se aplique, hay formas raras de perjudicar.

>
>
> > PPD: Mal que le pese a la SGAE la judicatura español es pertinaz en
> mantener
> > que si no existe animo de lucro no hay delito.
>
> Lo cuál es contradictorio con el modelo en sí, pero bueno, eso ya que
> se apañen entre ellos...


No es contradictorio, ¿en que consiste el delito. en impedir que el dueño
legítimo disfrute de un bien, o en que alguien disfrute de un bien sin pagar
aunque no le impida a nadie el disfrute del mismo? ¿Hasta qué punto es
ilicito colarse en un cine, si este está vacío, pues si te pillan te tiran,
pero si no te pillan, otra cosa es que tu ocupes el sitio de alguien que ha
pagado la entrada y le impidas ver la sesión. Y te puedo asegurar que las
únicas descargas p2p que he hecho son de discos que me ha sido imposible
encontrar en el comercio. Porque creo que se deben respetar las licencias,
pero no me parece bien que quien no las respeta se le equipare con un
asaltante de barcos.

saludos pepet


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