[escepticos] Referéndum sobre antenas

Antonio Rodríguez Sierra antonio.r.sierra en gmail.com
Mar Sep 4 19:38:52 WEST 2007


Sí, bastante claro. Mil gracias :-)

Yamato escribió:
> Antonio Rodríguez Sierra escribió:
>> Espero no abusar de tu tiempo. 
> No puedes. Últimamente sencillamente no tengo tiempo del que pueda nadie 
> abusar ;-)
> 
>> Te ruego que tengas paciencia, porque no soy abogado y de esto 
>> entiendo muy poco, pero...
>>
>> Yamato escribió:
>>> No es cuestión de trato discriminatorio o no (que también), es que 
>>> ese tipo de ordenanzas son ilegales porque exceden la competencia 
>>> municipal. La ordenación del mercado de telecomunicaciones es 
>>> competencia estatal. Además, la anulación por los tribunales es 
>>> relativamente rápida debido a que corresponde a los juzgados 
>>> centrales de lo contencioso-administrativo, que van bastante 
>>> rapiditos últimamente.
>>
>> La licencia urbanística, o de obras o la que competa en este caso sí 
>> es competencia municipal. Es decir, si la empresa Fulanito quiere 
>> colocar una antena en tal o cual sitio, necesita la autorización del 
>> órgano sustantivo que competa (según dices, el ministerio del ramo, 
>> sea cual sea). Pero una vez obtenido éste y a la hora de colocarla 
>> físicamente, necesita la autorización del ayuntamiento en cuestión. Si 
>> fuese la construcción de una casa, por ejemplo, el ayuntamiento 
>> comprobaría que se ajusta a lo dispuesto en el PGOU y se la daría, 
>> tras el desembolso correspondiente. Sin embargo, este tipo de 
>> infraestructuras no están contempladas en estos planes de ordenación 
>> (o sí, la verdad es que no lo sé). Cuando se otorga la licencia, en 
>> este caso, se hace ajustándose a la documentación que la empresa 
>> Fulanito presenta, entre la que está la autorización del ministerio 
>> que competa.
> Mhh. Vamos por partes.
> 
> En primer lugar, lo cierto es que este tipo concreto de infraestructuras 
> no suelen contemplarse ni en los Planes Generales ni en los instrumentos 
> de desarrollo (para no liarnos mucho, los Planes Generales suelen 
> definir directrices básicas, que se desarrollan en otros instrumentos de 
> menor rango como son los Planes Parciales, los Estudios de Detalle, 
> etc.). En realidad sí que podrían contemplarse en los instrumentos de 
> desarrollo, pero no conozco ningún caso en el que se haya hecho (aún).
> 
>>
>> Pero, si no lo he entendido mal, a pesar de que un municipio dicte 
>> normas en contra de ellas en su territorio, normas obviamente 
>> estrictamente de naturaleza urbanística aunque estén fundamentatados 
>> en los más peregrinos y absurdos argumentos ¿la empresa puede acudir a 
>> los tribunales, los cuales van a (o pueden) darle la razón? ¿En ese 
>> caso, los tribunales son capaces de revocar (o anular, no sé cómo se 
>> dice), de esta forma, una ordenanza municipal sobre materias 
>> urbanísticas? ¿Y, por consiguiente, el ayuntamiento está obligado a 
>> darle la licencia automáticamente?
> 
> La concesión de licencias de obra, como toda la actividad administrativa 
> (o casi toda) es *reglada*, es decir, sujeta a los procedimientos y 
> condiciones establecidos por las normas jurídicas. Y las normas 
> jurídicas, a su vez, se estructuran de manera jerárquica, con normas de 
> rango superior y normas de rango inferior. Así, las ordenanzas 
> municipales e incluso los planes urbanísticos son normas de rango 
> inferior a las leyes, tanto autonómicas como estatales. De modo que si 
> una ordenanza municipal o un Plan contravienen lo dispuesto en una ley, 
> son nulos en ese punto concreto.
> 
> En este caso caben dos soluciones. La primera es acudir a los Tribunales 
> para pedir la correspondiente declaración de nulidad, pero esto sólo se 
> puede hacer dentro de los plazos legalmente establecidos, que son más 
> bien fugaces. De modo que lo más probable es que la empresa de telefonía 
> en cuestión se encuentre con que le deniegan una licencia basándose en 
> una ordenanza municipal nula, pero cuyo plazo de recurso ya ha finalizado.
> 
> Y ahí viene la segunda solución: se puede recurrir el acto 
> administrativo concreto (en este caso, la denegación de la licencia) 
> basándose en que el acto se ha dictado con arreglo a una norma ilegal, y 
> *además* recurrir la propia norma ilegal, en este caso la ordenanza 
> municipal. Esta solución se conoce como recurso "per saltum", y es un 
> curioso invento que crearon los tribunales de lo 
> contencioso-administrativo en los años cincuenta y sesenta (si, en pleno 
> franquismo) y que sólo fue reconocido legalmente en los años ochenta.
> 
> En los casos que yo conozco lo que ha pasado es precisamente eso: la 
> empresa de telefonía ha recurrido la ordenanza basándose en que la misma 
> contraviene lo dispuesto en la Ley General de Telecomunicaciones, y "per 
> saltum" ha recurrido también la propia ordenanza, que consecuentemente 
> ha sido declarada nula.
> 
> 
>>> Por otra parte, lo de negar la licencia de obras y demás no es tan 
>>> sencillo. En primer lugar porque negar una licencia arbitrariamente 
>>> es bastante delicado, hasta el punto de que a veces se arregla sin 
>>> necesidad de acudir a los tribunales, simplemente susurrando la 
>>> palabra "prevaricación" en el oído del funcionario correspondiente 
>>> ;-) . Y en 
>>
>> Pero aquí no habría prevaricación, ya que el funcionario actúa sobre 
>> la base de la existencia de una ordenanza municipal que las prohibe. 
>> Es decir, no hay arbitrariedad. Por supuesto, todo esto si y sólo si 
>> existe dicha ordenanza.
> 
> Sí, creo que me expresé mal. Algún colistero había comentado que los 
> Ayuntamientos pueden hacer la vida imposible "mareando la perdiz" o 
> denegando la licencia de obras sin necesidad de tener en vigor una 
> ordenanza que restrinja o prohiba las antenas. En cuyo caso la 
> denegación así, por las buenas, y sin tener siquiera una ordenanza que 
> la ampare, es uno de esos supuestos que se solucionan solicitando los 
> datos del funcionario responsable del procedimiento administrativo en 
> cuestión y dejando caer que los necesitas para formular la querella. Un 
> truco lamentable y que está feísimo, pero que a mí me ha resuelto un par 
> de casos de esos aparentemente irresolubles ;-)
> 
> En fin, espero que esta vez quede todo más claro. Saludetes.
> 

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Antonio Rodríguez Sierra.
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