[escepticos] El hundimiento de España portada de Liberation.
Oldno7 ( Guillermo Hernandez)
guillermo en QuerySoft.es
Jue Jul 26 16:52:07 WEST 2012
El 26/07/12 17:45, Paco Gaspar escribió:
> El 26/07/2012 17:30, Pepe Arlandis escribió:
>> Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid ¿es cierto que los
>> obispos pueden ejercer como notarios y si un bien inmobiliario no
>> está registrado y no hay pruebas de pertenencia a alguna persona
>> jurídica, basta con que el obispo de fe de que ese bien es un bien
>> eclesiástico, para que pase a formar parte del patrimonio de la
>> Iglesia, por ejemplo la titularidad eclesiastica de la Mezquita de
>> Córdoba. Me lo ha comentado un amigo, de plena confianza en cuanto a
>> sus informaciones, pero me parece tan gordo que se le permita esa
>> prebenda a la iglesia de poder ejercer como fedatario público en su
>> propio beneficio, si los juristas de esta corrala tuvieran a bien
>> confirmarlo o desmentirlo lo agradecería. saludos pepet
> Con seguridad no lo sé, pero me apuesto un bocata de calamares a que
> es cierto.
>
> Saludos.
>
Y parece que lo ganarias. no tengo tiempo de mirar la ley hipotecaria y
el reglamento, pero aqui se citan los articulos que corresponderian a ello:
http://www.leon24horas.com/proposicion-no-de-leysobre-apropiacion-abusiva-de-bienes-inmuebles-por-la-iglesia-catolica/
Y copipego el segundo parrafo...
El artículo 206 de la Ley Hipotecaria y el artículo 304 del reglamento
de esta Ley autorizan a los obispos de la Iglesia Católica a emitir
unilateralmente certificaciones de dominio sobre los bienes que la
Iglesia considere suyos; y a partir de 1998, por Decreto del Gobierno
Aznar, con la supresión del artículo 5 del Reglamento, esa facultad se
amplió a edificios de culto, templos, ermitas y otros bienes que forman
parte del patrimonio cultural de España.
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