[escepticos] otitis en radio 5
Inés G.A.T.
inesucu en gmail.com
Sab Mar 27 11:29:41 WET 2010
El día 26 de marzo de 2010 21:10, Josep Català <jcatala en tecnopress.es> escribió:
> hace poco, una corralera de Asturias aseguraba que en no recuerdo qué
> hospital
> público de Oviedo todo dios tenía acceso a las historias clínicas de los
> pacientes... Y ella, desde luego, no hizo nada para poner fin a este delito;
> lo que, a su vez, es también delito.
>
> Saludos.
>
> Josep Català
>
(Inés)
Cítame el artículo del código penal donde venga tipificado ese delito
que tú me estás atribuyendo. Yo no lo encuentro, supongo que tú lo
tienes muy a mano o no acusarías tan alegremente a alguien de haber
delinquido.
No quisiera yo abundar en la injusticia social, te facilito mi nombre
completo y DNI, si me lo pides, y así, tal vez, no sé, puedas
denunciarme tú, y que por fin se haga justicia... Claro que estáte muy
seguro de lo que haces, porque supongo que te suena el tipo jurídico
de "calumnias".
Calumnias o injurias
Se recoge en los Artículos 205 al 216 del Código Penal.
Artículo 205.
Es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su
falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
¿O tu principal motivo para montar este pollo de alusiones a la ley y
a mis presuntas actividades delictivas es inquietarme y molestarme? En
este último caso, qué mala gente eres, Català.
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