[escepticos] Palo a la apostasía
Román Ramírez
patowc en 0z0ne.com
Vie Oct 3 09:21:43 WEST 2008
> asociación (La ICAR no lo es como tal) ni manifestación de nada,ni
> compromisso de nada?
> espetuosamente, ver si nos dejamos de bufonadas.Aunque parezca que en
> esta lista son bien recibidas
Al margen de consideraciones epistemológicas de si soy intrínsecamente
católico por estar en un documento de bautimos...
NO es una bufonada. Para que nos entendamos todos, una dirección IP SE
CONSIDERA DATO PERSONAL, primero tienes el enlace del documento
completo sobre el tema de la Agencia y luego el párrafo que es
importante:
https://www.agpd.es/upload/Canal_Documentacion/Informes%20Juridicos/Otras%20cuestiones%20de%20interes/OC%20(2003-0327)%20(Car%e1cter%20de%20dato%20personal%20de%20la%20direcci%f3n%20IP).pdf
"Sin embargo, en muchos casos existe la posibilidad de relacionar la
dirección IP del usuario con otros datos de carácter personal, de
acceso público o no, que permitan identificarlo, especialmente si se
utilizan medios invisibles de tratamiento para recoger información
adicional sobre el usuario, tales como cookies con un identificador
único o sistemas modernos de minería de datos unidos a bases de datos
con información sobre usuarios de Internet que permite su
identificación."
Primero, el nombre de una persona es un dato personal. No hay nada
opinable aquí. Os puede parecer que sí o que no, pero ES un dato
personal.
Segundo, cualquier forma directa o indirecta que permita relacionar
ese dato personal (cualquiera) conmigo está sujeto a vigilancia por
parte de la agencia y queda dentro de la cobertura de la Ley.
De acuerdo a este principio, estoy habilitado para ejecutar mis
derechos ARCO y con esos derechos en la mano puedo ir a cualquiera que
guarde cualquier dato mío y hacer ejercicio de mis derechos.
Si la sentencia del supremo hubiera tenido que ver con "el dato
histórico", puede (y digo puede) ser que hubiera lugar para la duda.
Pero es que han dicho "que no es un fichero" cosa que es una
incorrección flagrante habida cuenta que se están poniendo unas
sanciones criminales a empresas precisamente por tener ficheros
inconexos en donde es complicado permitir al usuario ejecutar sus
derechos.
Esto, que te parece una bufonada, es MUY peligroso. Está sentando un
precedente de exclusión de una organización de los principios básicos
que rigen en protección de datos y no hablamos de una organización de
pardos, hablamos de una organización experta en gestionar ese tipo de
situaciones para adquirir ventajas.
Pero es que peor todavía, justito detrás de este lobo malo vienen
otros chacales como los musulmanes, cienciólogos,
secta-ponga-aquí-su-nombre...
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