[escepticos] Palo a la apostasía
Román Ramírez
patowc en 0z0ne.com
Mie Oct 1 10:24:27 WEST 2008
>> Esto suena totalmente ridículo. Entonces cancelar significa poner una
>> tiqueta de cancelado... no es eso lo que pretende la protección de datos
>> personales.
Veamos, CANCELAR no significa necesariamente borrar.
Los datos que pueda una organización mantener pueden tener
consecuencias civiles, mercantiles o penales. Estas consecuencias no
tienen porqué derimirse en un año, pueden tardar quince.
Si yo atendiendo a una petición de cancelación de una persona física
borro esos datos, estoy siendo irresponsable.
Pero sí puedo aplicar un bloqueo en el acceso a ese dato, que lo haga
invisible y se considere como cancelado.
Esto se hace mucho en el entorno Sanitario, donde de acuerdo con las
leyes aplicables (principalmente Ley de Autonomía del Paciente y LOPD)
puedo pedir la cancelación de mis datos pero estos con toda
probabilidad no van a ser borrados (por el hecho mismo de que tengo
derecho a la atención sanitaria y solamente puedo recibirla con un
expediente médico tras ella).
> Este es precisamente uno de los puntos principales de la cuestión. Tienen
> nuestras partidas de bautismo, pero no pueden localizarnos.
Que no puedan localizarme no quiere decir que no sean datos personales
o que no sea un "fichero".
La practicidad no tiene nada que ver aquí, es un tema de derechos y de
aplicación de leyes orgánicas.
¿Que hay un conflicto? Claro, el Supremo no habría entrado a la
discusión de otra manera.
Es similar al conflicto entre libertad de información y privacidad...
De todas formas, si el Supremo ha hablado va a misa, está claro. Pero
no tenemos porqué estar de acuerdo (vamos, yo no lo estoy)
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