Re: [escepticos] Absuelta de estafa una curandera porque sus clientes debían estar 'informados'
Javier Armentia
javarm en terra.es
Dom Mar 4 18:37:06 WET 2007
Vaya, acababa de colocar una entrada sobre el tema en la pecera:
http://javarm.blogalia.com/historias/47652
LOS TIMADOS TIENEN LA CULPA
....de ser tan tontos de caer en un timo. Ergo, el timador es inocente:
él propone algo tan absurdo que sólo la estupidez de la persona que cae
en su engaño justifica que tenga el castigo que se merece. Según esta
doctrina, la gente que monta un tocomocho, una estampita, o quien se
dedica a recopilar datos bancarios por teléfono o por internet, o a
proponer ruinosos y fraudulentos negocios tendrían completa impunidad.
Los timadores no son culpables de que haya gilipollas por ahí, casi
deseando que un listillo se quede con su dinero...
¿Ven algo extraño en el anterior párrafo? Uno pensaba que,
independientemente de que el cliente tenga intenciones de conseguir
fácilmente una mejora en su situación (normalmente dinero), hay un
delito en la conducta fraudulenta del timador. Y que el timo es un delito.
Sin embargo, en este país no siempre sucede así. No es la primera vez
que se produce una sentencia como la que leo en ElMundo.es
<http://www.elmundo.es/elmundo/2007/03/04/espana/1173005974.html>:
Sentencia del Tribunal Supremo
*Absuelta de estafa una curandera porque sus clientes debían estar
'informados'*
* Pidió 18.000 euros para curar a un enfermo terminal de cáncer, al
que no sanó
* El alto tribunal cree que cualquier persona media sabe los efectos
del cáncer
* 'Difícilmente se puede alegar confianza racional en poderes
paranormales'
EUROPA PRESS
MADRID.- El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de estafa a una
curandera condenada a 2 años y medio de cárcel por comprometerse a
cambio de 18.000 euros a curar a un enfermo terminal de cáncer. La
sentencia del alto tribunal afirma que "la esperanza es humanamente
entendida, pero la confianza en la magia no puede recabar la
protección del derecho penal". Entre los métodos utilizados por la
sanadora figuraban poner una vela y un vaso de agua delante de una foto.
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó a Nuria Montero Gallardo a
2 años y medio de cárcel y multa de 8 meses con cuota diaria de 6
euros por un delito de continuado de estafa de especial gravedad,
porque consiguió que dos de los hijos de un enfermo de cáncer con
metástasis le pagaran 18.000 euros y un pájaro para que sanara a su
padre.
Sin embargo, el Supremo en una sentencia de la que ha sido ponente
el magistrado José Antonio Martín Pallín considera que no se da el
suficiente engaño para condenarla por un delito de estafa, porque
"el ciudadano medio de nuestra sociedad, tiene un nivel de
información sobre estas enfermedades y sus características, que
difícilmente puede alegar confianza racional en poderes paranormales".
"Se considera que no existe estafa cuando el sujeto pasivo acude a
médium, magos, poseedores de poderes ocultos, echadoras de cartas o
de buenaventura o falsos adivinos, cuyas actividades no puedan
considerarse como generadoras de un engaño socialmente admisible que
origine o sean la base para una respuesta penal. En estos casos se
considera que el engaño es tan burdo e inadmisible que resulta
inidóneo para erigirse en el fundamento de un delito de estafa",
explica la resolución.
Asimismo, considera indiscutible que los denunciantes "estuviesen
angustiados ante la grave enfermedad que padecía su padre y que
buscasen desesperadamente cualquier tratamiento que pudiera curar su
enfermedad", pero "en el mundo intercomunicado en el que vivimos,
cualquier persona media está en condiciones de conocer cuáles son
los efectos de los padecimientos que genéricamente se recogen bajo
la denominación genérica de cáncer".
Tras destacar que los médicos les habían advertido que era imposible
la cura del carcinoma que padecía el padre, el alto tribunal agrega
que, en este caso concreto, era aún más difícil el engaño, porque la
hija era administrativa del Ayuntamiento y el hijo, auxiliar de
clínica, aunque trabajara en la construcción. "En todo caso su
reclamación podría encauzarse por la vía civil si es que consiguen
demostrar que fueron inducidos por palabras o maquinaciones
insidiosas", propone la resolución.
*Sanar con una vela o un vaso de agua delante de una foto*
En febrero de 2001, dos de los hijos de un enfermo incurable
acudieron al domicilio de Nuria Montero Gallardo en Jerez de la
Frontera, porque una tía suya les había dicho que tenía "poderes" y
que estaba sanando a un familiar suyo.
Tras ver una fotografía de su padre les dijo que le podría curar si
empezaba el tratamiento antes de una semana a cambio de 18.000
euros, de los que los clientes descontaron lo que les costó un
pájaro llamado 'Inseparable' que compraron en Ubrique, porque la
curandera decía que necesitaba sacrificar animales y extraerles los
mismos órganos que tenía enfermos el padre. Entre los métodos
utilizados para la sanación figuraba poner una vela y un vaso de
agua delante de la foto del padre.
Para conseguir el dinero, los hermanos tuvieron que pedir un crédito
que cuando se dictó la primera sentencia seguían pagando. En un
momento determinado, la hija enfermó y fue ingresada en el hospital;
la curandera le dijo que le había pasado el cáncer de su padre. En
julio de 2001, el hombre murió.
¿Qué les parece? Sin duda lo de que el pago fueran 18.000 y *un pájaro*
tiene su cosa, y daría para un jocoso comentario, si no fuera porque al
revocar la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz contra la
curandera Nuria Montero Gallardo, el Tribunal Supremo usa precisamente
una doctrina similar a la que expresaba en el primer párrafo: en la
promesa de curación a cambio de dinero de la timadora, de la curandera,
según el TS, "no se da el suficiente engaño". ¿Que no? ¿Qué más engaño
quieren que la práctica continuada del curanderismo?
Imagino que, ya de oficio, ese asunto del curanderismo, en este país tan
protector de los colegios oficiales, debería dar una contundente señal
de alarma: independientemente de que la terapia sea más o menos absurda,
más o menos mágica, tenemos a una persona que interviene en un acto
médico...
Yendo un poco más allá, el TS dice que "en el mundo intercomunicado en
el que vivimos, cualquier persona media está en condiciones de conocer
cuáles son los efectos de los padecimientos que genéricamente se recogen
bajo la denominación genérica de cáncer". Y etcétera, es decir, que
cualquier ciudadano, según se nos supone desde el TS, debería saber
cuándo alguien te propone una terapia absurda, indemostrada, o incapaz
de curarte. ¿Es cierto? El éxito de la homeopatía en este país, o de las
pseudomedicinas holísticas orientales y demás, demuestra más bien lo
contrario. Que ciudadanos y profesionales participan de presuntas
terapias milagrosas que no tienen ni base teórica ni menos comprobación
clínica adecuada. Lo cierto es que el mundo ideal que el TS presupone no
existe, y menos en este país, en donde muchas prácticas
pseudocientíficas se venden como medicina "alternativa", con la
connivencia de los colegios médicos, farmacéuticos y otros. Y con la
aquiescencia explícita de las instituciones (como es el caso catalán
tras el decreto de los timos alternativos
<http://javarm.blogalia.com/historias/46729>).
No hay suficiente engaño, dicta el TS. ¿Que no? Realmente el engaño lo
tenemos por todos los sitios. Más bien, el TS debería haber reconocido
que, siendo la sanidad en este país tan transigente con cualquier
cantamañanas en posesión de título y licencia colegial, donde se permite
que cualquier estupidez (especialmente si tiene antigua tradición o
popularidad en otros países) se cuele como terapia, o en el que en las
farmacias se vende como medicamento agua bendita de los laboratorios
Boiron y demás homeopáticas industrias, es difícil no entender que ante
la desesperación de un diagnóstico de un carcinoma terminal, los
familiares acudieran a quien fuera con tal de que les diera la menor
esperanza de curación.
Me resulta terriblemente inquietante esta sentencia, que además de
llamar idiotas a los timados, permite que la curandera ilegal salga
exculpada sin más.
Este es el tipo de sentencias que deberían provocar movilizaciones
populares, respuestas del gobierno y de los profesionales de la salud...
Este es la situación que debería llegar a los más altos niveles del
estado de derecho. (Y no otras, evidentemente). Aquí te roban y te dejan
morir engañado, y además el Tribunal Supremo te dice que no hay que ser
tan tonto, que eso cantaba a timo desde el primer momento. Pero, a la
vez, dejan al timador salir con una palmadita en la espalda, para que
mañana pueda pescar a otro incauto.
Así nos van las cosas. ¿No es un mundo feliz?
Saludos
javier armentia
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