Hace tiempo me interesé por los aspectos legales de donar mi cuerpo, cuando llegue el fatídico día :) a la protectora de animales para alimento canino. Bueno, pues resulta que es ilegal. Por lo menos he logrado que conste que no quiero que haya ningún tipo de ceremonia religiosa, que se desembarazen de mi cadaver de la forma más barata que exista, y que mis colegas, lejos de llorar, se corran una buena juerga a mi salud (bueno, salud salud...).
<br><br>Se lo pregunté a un abogado, ¿alguien en la sala que lo confirme?<br><br><div><span class="gmail_quote">2006/8/9, José Ángel Morente <<a href="mailto:msxjam@gmail.com">msxjam@gmail.com</a>>:</span><blockquote class="gmail_quote" style="border-left: 1px solid rgb(204, 204, 204); margin: 0pt 0pt 0pt 0.8ex; padding-left: 1ex;">
On 8/9/06, <a href="mailto:david@puntoque.net">david@puntoque.net</a> <<a href="mailto:david@puntoque.net">david@puntoque.net</a>> wrote:<br><br>> materia, algo a lo que no aplico el imperativo categórico de Kant, vaya. Por
<br>> lo tanto, para mí, se puede aplicar libremente el baremo de "utilidad", y<br>> saber si podemos usralo como comida para perros (Muy desagradable, y seguro<br>> que los familiares se molestarían), o lo catalogamos como algo inútil. Vale,
<br><br>Lo de los perros es muy desagradable. Sería mucho más útil fabricar<br>Soylent Green, y podríamos acabar con el hambre en el 3er mundo.<br><br>--<br><a href="http://mastropiero.stumbleupon.com/">http://mastropiero.stumbleupon.com/
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