RE: [escepticos] ¿Delante de qué edificio hay que protestar?

Miguel A. mimartin en cepymearagon.es
Lun Oct 24 09:06:29 WEST 2011


Claro, pero en cualquier contrato las cláusulas pueden obligar a las
condiciones en que un contrato se denuncia. Aquí no se habla de anulación o
contrato nulo ( por vicio de forma o similar), sino incumplimiento de
contrato. A mí lo que dos partes se obliguen en un contrato me puede
parecer, como digo, inútil o pernicioso, pero si es legal, legal es exigir
su cumplimiento. Lo contrario no sería igualdad ante la ley ni tendría
sentido acordar mutua obligación de ningún tipo.
Pero vamos, que lo que piden ahí es un brindis al sol que a estas alturas no
sirve de nada.
MA	

-----Mensaje original-----
De: escepticos-bounces en dis.ulpgc.es [mailto:escepticos-bounces en dis.ulpgc.es]
En nombre de Sacha Marquina Reyes
Enviado el: lunes, 24 de octubre de 2011 9:49
Para: Lista Escépticos
Asunto: Re: [escepticos] ¿Delante de qué edificio hay que protestar?

Pero parece de sentido común que ante un acuerdo de dos partes, esas mismas
dos partes puedan acordar su anulación en cualquier momento, ¿no?

El 24 de octubre de 2011 08:27, Miguel A.
<mimartin en cepymearagon.es>escribió:

> En realidad las partes se obligan libremente cuando firman el contrato.
> Y piden que reconozcan civilmente esa mutua obligación. Pero sigo diciendo
> que es para quien lo desee.
> De lo contrario, yo no estaría de acuerdo, claro.
> Miguel A
>
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