[escepticos] grispis

Yam yamato1 en gmail.com
Vie Ene 8 23:17:53 WET 2010


Jorge Frias escribió:
> El día 8 de enero de 2010 23:49, Yam <yamato1 en gmail.com> escribió:
>   
>> Eh, no. Yo hablaba de las multas porque es el supuesto más claro de lo que
>> decía Luis Carlos Izquierdo, es decir, del "pago para poder hacer algo
>> ilegal".
>>     
>
> Algo así como el cánon de los cds ¿no? :)
> ______________________________________________
>   

No nombres la bicha, que eso es peor.

La Ley de Propiedad Intelectual te autoriza a realizar una copia privada 
de aquellos materiales que hayas adquirido legalmente. Por ejemplo, si 
te compras un CD de (pon aquí el artista que más rabia te dé) puedes 
hacerle una copia privada, para tu uso, con todas las de la ley. No es 
una conducta ilegal, sino perfectamente legal.

Y el canon se establece para compensar a los titulares de derechos de 
propiedad intelectual por las pérdidas (presuntas, claro) que les 
ocasionan esas copias *legales*.

Vamos, que ni siquiera te cobran por si pirateas; te cobran por si se te 
ocurre hacer algo a lo que tienes todo el derecho del mundo.

Saludetes.


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