RE: [escepticos] otitis en radio 5 y pitido de oidos en escépticos.

david en puntoque.net david en puntoque.net
Mar Abr 6 08:21:06 WEST 2010


Voy leyendo lo atrasado, pero antes de continuar, felicidades por los
cambios en tu vida¡ 
Delito si que tiene la cosa, si...



-----Mensaje original-----
De: escepticos-bounces en dis.ulpgc.es [mailto:escepticos-bounces en dis.ulpgc.es]
En nombre de Inés G.A.T.
Enviado el: lunes, 29 de marzo de 2010 12:55
Para: Lista Escépticos
Asunto: Re: [escepticos] otitis en radio 5 y pitido de oidos en escépticos.

El día 29 de marzo de 2010 02:08, Yam <yamato1 en gmail.com> escribió:
> No hay mucho que explicar, Xan. Hombre, si nos ponemos quisquillosos
también
> hay algunos delitos tipificados en la Ley Penal y Procesal de la
Navegaciónb
> Aérea, la Ley Orgánica de represión del Contrabando y la Ley Orgánica del
> Régimen Electoral General, pero eso sería hilar ya muy fino, creo yo ;-)

(Inés)
Igual es en lo de la Navegación Aérea, igual, donde se tipifica ese
"delito" que yo cometí... Esa no me la leí, tiene razón Català, qué
ignorante y qué osada y qué maleducada... :-)

Gracias por toda la información que das, Yam.

Lo que "tiene delito" son otras cosas. Por ejemplo, las maneras de
Josep Català. Si se limitara a hablar con autoridad de lo que sí sabe,
utilizara para el resto de sus disquisiciones un tono más prudente, y,
sobre todo, si  dejara de faltar tan gratuítamente a unos y otras,
fuera cual fuera el tema de discusión... Vamos, si se comportara más o
menos como el resto (con su correspondiente derecho a "espatuxar"(1)
de vez en cuando, que ese lo tenemos todos y lo ejercemos unos
cuantos), pues sería mucho más agradable contar con él en la corrala.

Será mucho pedir. Yo intentaré no darle cuerda cuando se comporta como
un troll... Que "espatuxe" contra mí se me hace un higa, lo de
acusarme alegremente de haber cometido un delito me fastidió más, tal
vez no debiera haberme fastidiado, teniendo en cuenta lo que rodeaba
al mensaje.

Quisiera dejar el tema, si alguien (aparte de Josep) alguna vez tiene
algo más que un pálpito sobre mis presuntas actividades delictivas,
por favor, que me lo indique con otros modos, y, a ser posible, dentro
de una temporadita, cuando pueda ocuparme mejor de mis posibles
problemas con la justicia. Es que ahora ando liadísima: en breve, me
caso (con un letrado, así me será más fácil no delinquir...), me mudo
de ciudad, y, por si fuera poco, pretendemos que me embarace, a pesar
de ciertos problemas médicos que mi futuro y yo estamos intentando
llevar con todo el ánimo del que somos capaces. Supongo que se
entiende que ahora y aquí me apetezca entretenerme sólo con gente que
escriba con cierto respeto, prudencia y consideración por el prójimo.
¡Qué bien que hayan aparecido el Pater y Xan, rebienvenidos!

Saludos,

Inés G.A.T.


(1) "Espatuxar" (algunas acepciones del Diccionario General de la
Lengua Asturiana):

1.Patalear /Patalear con fuerza y con barullo/ Patalear en un arrebato
de ira/  Moverse como quien hace mucho y es sólo apariencia [... ]

3. Moverse con ahínco por conseguir una cosa/ Revolver para salirse
con la suya en un asunto  pero sin eficacia

4. Protestar, patalear / Protestar/ Rebelarse/Resistirse a hacer algo

(Nota de Inés): Pronúnciese la "x" como la "sh" inglesa en "show", o
como la "ch" francesa en "champagne", no como la "x" castellana en
"taxi". Es que suena muy raro cuando alguien pide "picsín" en un
restaurante en Asturias. Mejor, entonces, pedir rape :-)

>
> En cuanto a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es cierto que fue reformada
> en 1955 (y muchas otras veces antes y después; aquí, por ejemplo,
> <http://www.datadiar.com/actual/legislacion/penal/rd140982.htm>, puede
verse
> un listado de las normas de modificación), pero el texto de hoy en día
> apenas conserva nada del de entonces.
>
> Saludetes.
>
>
> El 29/03/2010 02:19, Xan Cainzos escribió:
>>
>>  Josep Català dixit:
>> > Yam ha escrito:
>> >
>> >> Las únicas leyes que tipifican delitos o faltas son el Código
>> >> Penal y, en su ámbito de aplicación, el Código Penal Militar. La
>> >>  Ley de Enjuiciamiento Criminal (que es de 1882, no de 1955) solo
>> >>  regula el proceso judicial penal. [......]
>> >
>> > Lo siento (o no), pero lo dejo. Ante tanto listo y experto en
>> > jurisprudencia, pero que no se decide a hincar los codos y comenzar
>> > por la LEC de 1955, seguir con la JURISPRUDENCIA que se vino
>> > acumulando, y terminar, por poner un ejemplo, que hay más, con la
>> > reforma del CP de 1995 -y lo derivado de él- lo dejo.
>> >
>> > Comprenderán usted en s que ahora sólo me faltaría resumir y explicar
>> >  por qué la LEC se la tiene por 1955 y no de 1882. ¿De verdad no
>> > hay ningún abogado en la corrala? Lo digo porque podría echarnos
>> > una mano a todos.
>>
>>
>>  Ya se que no lee mensajes de alpargatas, ero espero que Yam -cuando
>>  acabe d e reirse- nos siga ilustrando sobre el tema. Saludos
>>
>>  PD: Los menos veteranos no saben que Yamato* es abogado. Lo que nunca
>>  pense es que la columna a la que esta subio nuetro particular
>>  estilita, Josep, haya crecido tanto que ya no distingue el suelo y se
>>  haya olvidado. _______________________________________________
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