[escepticos] No es un cínico; peor : es un analfabeto tota l

Antonio Rodríguez Sierra antonio.r.sierra en gmail.com
Lun Jul 6 19:23:43 WEST 2009


Xan Cainzos escribió:
> Josep Català dixit:
>> Hoy, según leo, por ejemplo en "La Vanguardia", nos enteramos
>> que el ZP "va a reformar la legislación nuclear (española)"
>> porque, segun dice el blasfemo, "Aunque parezca sorprendente e
>> insólito, ninguno de los dos conceptos ("vida útil" y "vida
>> de diseño") (*) está recopgido legalmente".
>>
>> Esto ya es el cinismo y/o el analfabetismo destilado...
>>
>> "Vida de diseño: Tiempo mínimo de funcionameinto previsto
>> inicialmente en el diseño, durante el cual se cumplen todos
>> los criterios de aceptación para unas condiciones estimadas
>> de operación".
>>
>> "Vida útil: Periodo durante el cual una central puede ser operada
>> cumpliendo las exigencias de seguridad impuestas en su
>> autorización, y siendo económicamente rentable".
>>
>> (Consejo de Seguridad Nuclear español. Guia de Seguridad
>> núm. 1.10)
> 
> A ver cuando el Coloso de Rosario nos devuelve el perido "Manual de 
> lectura comprensiva", que va siendo hora de un darle un repasito.
> 
> Veamos, ¿tiene el CSN capacidad de dictar leyes? La respuesta es no y 
> esta reconocido explicitamente en la pagina donde aparece la "Guia de 
> Seguridad núm. 1.10". En efecto, la pagina (ver:
> <http://www.csn.es/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=67&Itemid=147&lang=es>) 
> 
> comienza con este parrafo:
> «Estas guías [de seguridad] no son de obligado cumplimiento, pudiendo el 
> usuario seguir métodos y soluciones diferentes a los contenidos de las 
> mismas».
> 
> Ademas, en el comentario al citado numero dice «Los contenidos básicos 
> de esta Guía de Seguridad siguen siendo esencialmente válidos, ahora 
> bien, se encuentra en fase de revisión técnica y administrativa para 
> adaptarla a la legislación actualmente vigente». Vamos, blanco y en 
> botella.
>     Saludos


Es un concepto básico en la administración pública: si está en el 
boletín oficial (el que sea) es norma legal. Si está en una publicación 
técnica, no es norma legal, sino directriz (o como se quiera llamar) 
técnica.

No me parece mal que se ponga en una norma, siempre que ésta no difiera 
mucho de la directriz técnica. Hasta que eso no ocurra, no me parece 
adecuado cargar las tintas al respecto.

-- 
Antonio Rodríguez Sierra.
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