Re: [escepticos] Absuelta de estafa una curandera porque sus clientes debían estar 'informados'

Javier Armentia javarm en terra.es
Dom Mar 4 18:37:06 WET 2007


Vaya, acababa de colocar una entrada sobre el tema en la pecera:
http://javarm.blogalia.com/historias/47652

LOS TIMADOS TIENEN LA CULPA

....de ser tan tontos de caer en un timo. Ergo, el timador es inocente: 
él propone algo tan absurdo que sólo la estupidez de la persona que cae 
en su engaño justifica que tenga el castigo que se merece. Según esta 
doctrina, la gente que monta un tocomocho, una estampita, o quien se 
dedica a recopilar datos bancarios por teléfono o por internet, o a 
proponer ruinosos y fraudulentos negocios tendrían completa impunidad. 
Los timadores no son culpables de que haya gilipollas por ahí, casi 
deseando que un listillo se quede con su dinero...

¿Ven algo extraño en el anterior párrafo? Uno pensaba que, 
independientemente de que el cliente tenga intenciones de conseguir 
fácilmente una mejora en su situación (normalmente dinero), hay un 
delito en la conducta fraudulenta del timador. Y que el timo es un delito.

Sin embargo, en este país no siempre sucede así. No es la primera vez 
que se produce una sentencia como la que leo en ElMundo.es 
<http://www.elmundo.es/elmundo/2007/03/04/espana/1173005974.html>:

    Sentencia del Tribunal Supremo
    *Absuelta de estafa una curandera porque sus clientes debían estar
    'informados'*
    * Pidió 18.000 euros para curar a un enfermo terminal de cáncer, al
    que no sanó
    * El alto tribunal cree que cualquier persona media sabe los efectos
    del cáncer
    * 'Difícilmente se puede alegar confianza racional en poderes
    paranormales'

    EUROPA PRESS

    MADRID.- El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de estafa a una
    curandera condenada a 2 años y medio de cárcel por comprometerse a
    cambio de 18.000 euros a curar a un enfermo terminal de cáncer. La
    sentencia del alto tribunal afirma que "la esperanza es humanamente
    entendida, pero la confianza en la magia no puede recabar la
    protección del derecho penal". Entre los métodos utilizados por la
    sanadora figuraban poner una vela y un vaso de agua delante de una foto.

    La Audiencia Provincial de Cádiz condenó a Nuria Montero Gallardo a
    2 años y medio de cárcel y multa de 8 meses con cuota diaria de 6
    euros por un delito de continuado de estafa de especial gravedad,
    porque consiguió que dos de los hijos de un enfermo de cáncer con
    metástasis le pagaran 18.000 euros y un pájaro para que sanara a su
    padre.

    Sin embargo, el Supremo en una sentencia de la que ha sido ponente
    el magistrado José Antonio Martín Pallín considera que no se da el
    suficiente engaño para condenarla por un delito de estafa, porque
    "el ciudadano medio de nuestra sociedad, tiene un nivel de
    información sobre estas enfermedades y sus características, que
    difícilmente puede alegar confianza racional en poderes paranormales".

    "Se considera que no existe estafa cuando el sujeto pasivo acude a
    médium, magos, poseedores de poderes ocultos, echadoras de cartas o
    de buenaventura o falsos adivinos, cuyas actividades no puedan
    considerarse como generadoras de un engaño socialmente admisible que
    origine o sean la base para una respuesta penal. En estos casos se
    considera que el engaño es tan burdo e inadmisible que resulta
    inidóneo para erigirse en el fundamento de un delito de estafa",
    explica la resolución.

    Asimismo, considera indiscutible que los denunciantes "estuviesen
    angustiados ante la grave enfermedad que padecía su padre y que
    buscasen desesperadamente cualquier tratamiento que pudiera curar su
    enfermedad", pero "en el mundo intercomunicado en el que vivimos,
    cualquier persona media está en condiciones de conocer cuáles son
    los efectos de los padecimientos que genéricamente se recogen bajo
    la denominación genérica de cáncer".

    Tras destacar que los médicos les habían advertido que era imposible
    la cura del carcinoma que padecía el padre, el alto tribunal agrega
    que, en este caso concreto, era aún más difícil el engaño, porque la
    hija era administrativa del Ayuntamiento y el hijo, auxiliar de
    clínica, aunque trabajara en la construcción. "En todo caso su
    reclamación podría encauzarse por la vía civil si es que consiguen
    demostrar que fueron inducidos por palabras o maquinaciones
    insidiosas", propone la resolución.

    *Sanar con una vela o un vaso de agua delante de una foto*
    En febrero de 2001, dos de los hijos de un enfermo incurable
    acudieron al domicilio de Nuria Montero Gallardo en Jerez de la
    Frontera, porque una tía suya les había dicho que tenía "poderes" y
    que estaba sanando a un familiar suyo.

    Tras ver una fotografía de su padre les dijo que le podría curar si
    empezaba el tratamiento antes de una semana a cambio de 18.000
    euros, de los que los clientes descontaron lo que les costó un
    pájaro llamado 'Inseparable' que compraron en Ubrique, porque la
    curandera decía que necesitaba sacrificar animales y extraerles los
    mismos órganos que tenía enfermos el padre. Entre los métodos
    utilizados para la sanación figuraba poner una vela y un vaso de
    agua delante de la foto del padre.

    Para conseguir el dinero, los hermanos tuvieron que pedir un crédito
    que cuando se dictó la primera sentencia seguían pagando. En un
    momento determinado, la hija enfermó y fue ingresada en el hospital;
    la curandera le dijo que le había pasado el cáncer de su padre. En
    julio de 2001, el hombre murió.


¿Qué les parece? Sin duda lo de que el pago fueran 18.000 y *un pájaro* 
tiene su cosa, y daría para un jocoso comentario, si no fuera porque al 
revocar la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz contra la 
curandera Nuria Montero Gallardo, el Tribunal Supremo usa precisamente 
una doctrina similar a la que expresaba en el primer párrafo: en la 
promesa de curación a cambio de dinero de la timadora, de la curandera, 
según el TS, "no se da el suficiente engaño". ¿Que no? ¿Qué más engaño 
quieren que la práctica continuada del curanderismo?
Imagino que, ya de oficio, ese asunto del curanderismo, en este país tan 
protector de los colegios oficiales, debería dar una contundente señal 
de alarma: independientemente de que la terapia sea más o menos absurda, 
más o menos mágica, tenemos a una persona que interviene en un acto 
médico...

Yendo un poco más allá, el TS dice que "en el mundo intercomunicado en 
el que vivimos, cualquier persona media está en condiciones de conocer 
cuáles son los efectos de los padecimientos que genéricamente se recogen 
bajo la denominación genérica de cáncer". Y etcétera, es decir, que 
cualquier ciudadano, según se nos supone desde el TS, debería saber 
cuándo alguien te propone una terapia absurda, indemostrada, o incapaz 
de curarte. ¿Es cierto? El éxito de la homeopatía en este país, o de las 
pseudomedicinas holísticas orientales y demás, demuestra más bien lo 
contrario. Que ciudadanos y profesionales participan de presuntas 
terapias milagrosas que no tienen ni base teórica ni menos comprobación 
clínica adecuada. Lo cierto es que el mundo ideal que el TS presupone no 
existe, y menos en este país, en donde muchas prácticas 
pseudocientíficas se venden como medicina "alternativa", con la 
connivencia de los colegios médicos, farmacéuticos y otros. Y con la 
aquiescencia explícita de las instituciones (como es el caso catalán 
tras el decreto de los timos alternativos 
<http://javarm.blogalia.com/historias/46729>).

No hay suficiente engaño, dicta el TS. ¿Que no? Realmente el engaño lo 
tenemos por todos los sitios. Más bien, el TS debería haber reconocido 
que, siendo la sanidad en este país tan transigente con cualquier 
cantamañanas en posesión de título y licencia colegial, donde se permite 
que cualquier estupidez (especialmente si tiene antigua tradición o 
popularidad en otros países) se cuele como terapia, o en el que en las 
farmacias se vende como medicamento agua bendita de los laboratorios 
Boiron y demás homeopáticas industrias, es difícil no entender que ante 
la desesperación de un diagnóstico de un carcinoma terminal, los 
familiares acudieran a quien fuera con tal de que les diera la menor 
esperanza de curación.

Me resulta terriblemente inquietante esta sentencia, que además de 
llamar idiotas a los timados, permite que la curandera ilegal salga 
exculpada sin más.

Este es el tipo de sentencias que deberían provocar movilizaciones 
populares, respuestas del gobierno y de los profesionales de la salud... 
Este es la situación que debería llegar a los más altos niveles del 
estado de derecho. (Y no otras, evidentemente). Aquí te roban y te dejan 
morir engañado, y además el Tribunal Supremo te dice que no hay que ser 
tan tonto, que eso cantaba a timo desde el primer momento. Pero, a la 
vez, dejan al timador salir con una palmadita en la espalda, para que 
mañana pueda pescar a otro incauto.

Así nos van las cosas. ¿No es un mundo feliz?


Saludos

javier armentia



Más información sobre la lista de distribución Escepticos