Re: [escepticos] Proteger a los niños

Akin akinlg en gmail.com
Dom Jul 23 09:32:34 WEST 2006


El 23/07/06, Heriberto G. Pozos<hgpozos en yahoo.es> escribió:
> El Sábado, 22 de Julio de 2006 21:34, Akin escribió:
> >
> > Yo no estoy de acuerdo
>
> Tú mismo, ya te contesté en otro mensaje que si no estas de acuerdo con la
> declaración universal de los derechos humanos puedes hacerte la propia, eso
> sí al menos reconoce que ésta te permite incluso el estar en contra de ella,
> algo que evidentemente no te gusta tolerarle a los demás.

Ni muchísimo menos, estoy en contra de la particularísima
interpretación que de ellos hacéis los liberaloides.

> > , y propongo un modo concreto de control,
> > curiosamente el que han implantado totas las democracias occidentales
> > (de modo más o menos imperfeto)
> >
> jejeje
>
> Que no Akin, la República Democrática de Alemania no se la puede considerar
> una democracia.

> ¿me puedes dar un ejemplo de democracia occidental que vaya en contra de la
> carta universal de los derechos humanos?
>
> Alguna referencia por favor, porque aunque no soy un experto creo que quien
> mas quien menos todas las constituciones recogen la libertad religiosa (por
> poner un ejemplo) entre sus principios

Ahí no sé si empezar con los insultos ya o esperar un poco. Pero
resulta que en toda Europa, la educación infantil es obligatoria, y,
aunque ésto ya no puedo asegurarlo, supongo que la evaluación de los
colegios por parte de la administración también.

Será que todos los países van contra la carta de derechos humanos
pues... o que tú la interpretas mal.


> >.....
> > P.D. Totalitario es quien se salta la voluntad popular por medio de la
> > fuerza,
>
> Lo siento, pero tampoco. Lo que caracteriza al totalitarismo es el
> intervencionismo extremo, no el uso de la fuerza, aunque es difícil ejercer
> uno sin el otro, pero no imposible y así tenemos por ejemplo el Vaticano. ¿es
> un estado totalitario? ¿utiliza la fuerza para saltarse la voluntad popular?

Te he puesto las dos definiciones, una es de la wikipedia y otra de la
RAE. Ninguna de las dos dicen eso. Naturalmente intentas redefinir el
término de acuerdo a tu particular gusto para poder llamar
totalitarista a quien no es liberal (así con poner tú el 'extremo'
donde te plazca cualquier intervencionismo es un totalitarismo), pero
va a ser que no me da la real gana aceptarlo.

> >.....
> > Aunque para los liberales, totalitario identifique a todo el que no
> > sea liberal, en otro intento más de pervertir el significado de las
> > palabras.
>
> jejeje
>
> Que no hombre que no, sólo se le califica de totalitario al que desea regular
> hasta que es lo que deben pensar y no pensar el resto de sus congéneres.

Uys, ¿Y a quien admite que su vecino eduque a sus hijos con la idea de
que ponerse un cinturon de explosivos e inmolarse le llevará a un
paraíso de vírgenes, impidiéndole además ir a un colegio donde vea
otras ideas diferentes a las de su padre como le llamarías?

Ah, claro, el niño no tiene derecho alguno, sólo los que su padre
quiera darles. No es más que una propiedad más como puede ser el perro
o la nevera. Pero eso no va contra los derechos humanos, pues sí que
algunos sois liberales sí...

Por cierto, para evitar interpretaciones torticeras de la carta de
derechos humanos como la que haces tú, la ONU hizo una carta expresa
de los derechos del niño.

http://www.unicef.org/voy/spanish/explore/rights/explore_157.html:

Artículo 2

1. Los Estados Partes respetaran los derechos enunciados en la
presente Convención y aseguraran su aplicación a cada niño sujeto a su
jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el
color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra
índole,el origen nacional, étnico o social, la posición económica,los
impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del
niño, de sus padres o de sus representantes legales.

- Resalto: Los estados asegurarán su aplicación a cada niño.

3. Los Estados Partes se aseguraran de que las instituciones,
servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de
los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades
competentes,especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y
competencia de su personal, así como en relación con la existencia de
una supervisión adecuada.

- Resalto: Los estados se asegurarán de que...

1. Los Estados Partes velaran por que el niño no sea separado de sus
padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de
revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de
conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal
separación es necesaria en el interés superior del niño. Tal
determinación puede ser necesaria encasos particulares, por ejemplo,
en los casos en que el niño sea objeto de maltrato o descuido por
parte de sus padres o cuando éstosviven separados y debe adoptarse una
decisión acerca del lugar deresidencia del niño.

- Resalto: Se respeta la patria potestad, excepto cuando el interés
del niño esté siendo amenazado (pone un ejemplo, el no garantizarle la
educación podría ser otro, como se hace en España -si no escolarizas a
un niño pierdes su tutela-)

Artículo 19

1. Los Estados Partes adoptarn todas las medidas
legislativas,administrativas, sociales y educativas apropiadas para
proteger al niñocontra toda forma de perjuicio o abuso físico o
mental, descuidoo trato negligente, malos tratos o explotación,
incluido el abusosexual, mientras el niño se encuentre bajo la
custodia de los padres,de un representante legal o de cualquier otra
persona que lo tenga a sucargo.

- Resalto: Los estados atoptarán medidas legislativas para protejer al
niño de perjuicios cuando esté bajo la custodia de sus padres.

Artículo 28

1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño ala educación y, a
fin de que se pueda ejercer progresivamente y encondiciones de
igualdad de oportunidades ese derecho, debern enparticular:

a) Implantar la enseñanza primaria obligatoriay gratuita para todos;

b) Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la
enseñanzasecundaria, incluida la enseñanza general y profesional,
hacer quetodos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella y
adoptarmedidas apropiadas tales como la implantación de la
enseñanzagratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de
necesidad;

- Resalto: Educación gratuita y obligatoria para todos.

Artículo 29

1. Los Estados Partes convienen en que la educación delniño deber
estar encaminada a:

a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidadmental y
física del niño hasta el mximo de sus posibilidades;

b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las
libertadesfundamentales y de los principios consagrados en la Carta de
las NacionesUnidas;

c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia
identidadcultural, de su idioma y sus valores, de los valores
nacionales del paísen que vive, del país de que sea originario y de
las civilizacionesdistintas de la suya;

d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una
sociedadlibre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia,
igualdadde los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos
étnicos, nacionalesy religiosos y personas de origen indígena;

e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural.

2. Nada de lo dispuesto en el presente artículo o en el artículo28 se
interpretar como una restricción de la libertad delos particulares y
de las entidades para establecer y dirigir institucionesde enseñanza,
a condición de que se respeten los principiosenunciados en el prrafo 1
del presente artículo y de quela educación impartida en tales
instituciones se ajuste a las normasmínimas que prescriba el Estado.

- Resalto: La educación debe inculcar los derechos humanos y los
valores del estado en el que vive. El estado no debe restringir ni a
particulares ni a instituciones de enseñanza pero debe asegurarse que
imparten una educación acorde con los principios generales de esta
carta de derechos y a la normativa que prescriba el Estado.

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Vaya, al final parece que la interpretación de la carta de derechos
humanos (de la que parte la de derechos del niño aunque se amplia de
modo particular para este colectivo) es la que yo (y todos los estados
occidentales) había hecho.

Y resulta que ni puedes educar a tu hija en el analfabetismo ni puedes
tolerar que los integristas eduquen a sus hijos como les dé la gana...

Y resulta que los estados sí tienen potestad para proteger a los hijos
de los extremos ideológicos o religiosos de sus padres.

¿Será que la ONU también es totalitarista?



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Akin
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